El Ayuntamiento de Valencia deberá reembolsar casi 27.000 euros del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio de 2020 a una empresa hotelera a causa de las restricciones de la pandemia.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de València ha ordenado reembolsar a una empresa hotelera 26.888,70 euros en impuestos por las restricciones de la pandemia que provocaron el cierre durante el estado de alarma y las posteriores restricciones de aforo.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) estima el recurso de la empresa contra el Ayuntamiento de València y ordena el reembolso de casi 27.000 euros del Impuesto de Actividades Económicas del ejercicio 2020.
Considera la magistrada que no resulta exigible a la empresa hotelera la formalidad de comunicar una baja en la actividad, que le había sido impuesta por el mismo Estado, que ahora reclama el tributo de la pretendida actividad, y por tanto resulta producida ex lege.
Por otra parte, estima que los artículos 78 y subsiguientes del TRLHL, contemplan los supuestos de alta y cese voluntario en el ejercicio, a la hora de determinar el periodo impositivo, con comunicación a la Aeat, «pues naturalmente, la ley tributaria regula los supuestos de normalidad, y no de excepcionalidad».



