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domingo, enero 18, 2026

La jueza de la DANA pide los vídeos en bruto que sirvieron para el Instagram de Pradas

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La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la DANA ha acordado este lunes, a petición de la acusación popular que ejerce Acció Cultural, pedir a la productora de televisión contratada por la Conselleria de Emergencias el bruto, “sin ningún tipo de edición de la grabación y sonido”, de un vídeo grabado […]

La jueza que instruye la causa penal por la gestión de la DANA ha acordado este lunes, a petición de la acusación popular que ejerce Acció Cultural, pedir a la productora de televisión contratada por la Conselleria de Emergencias el bruto, “sin ningún tipo de edición de la grabación y sonido”, de un vídeo grabado el 29 de octubre que sirvió para una publicación de Instagram de la exconsellera Salomé Pradas.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en un comunicado, la jueza ha dictado este lunes varias resoluciones en el marco de las diligencias previas por la gestión de la catástrofe ocurrida hace casi un año y que dejó 229 víctimas mortales.

En uno de los autos requiere los referidos vídeos y acuerda recibir la declaración testifical a un asesor de la exconsellera de Justicia e Interior investigada en la causa y, una vez celebrada esa declaración, resolverá sobre la solicitud de aportación de los vídeos que ese trabajador grabó.

CHJ reunión

El segundo auto complementa otro anterior, de fecha 16 de octubre, y precisa que no ha lugar a requerir a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) para que informe si existe grabación o acta de la reunión de la Junta de gobierno de ese organismo celebrada el 19 de diciembre de 2024.

La jueza reitera que la competencia de la vigilancia de los barrancos, conforme al Plan Especial de Inundaciones de la Comunidad Valenciana, corresponde al Centro de Coordinación de Emergencias, dependiente de la Conselleria de Emergencias.

Asimismo, señala que a la vista de los interrogatorios de testigos y peritos practicados, e informes aportados, «no consta por el momento un seguimiento en la vigilancia del caudal de barrancos que debía hacerse por los directores del plan» ni respecto de los barrancos tributarios del Poyo.

Añade que hubo «fallecimientos producidos por ahogamiento de las aguas de barrancos afluentes del Poyo», debido al «arrastre del agua», en Godelleta, Turís y Torrent «entre las 16:45 y las 17:30 horas, aproximadamente, atendiendo a las declaraciones de los perjudicados».

Estas declaraciones, afirma la jueza, coinciden con el análisis realizado en el ‘Estudio cronológico de los volúmenes de precipitación en las subcuencas de la rambla de Poyo en el episodio del 29 octubre de 2024’, publicado en julio en la revista Investigaciones Geográficas, del Instituto Interuniversitario de Geografía, de la Universidad de Alicante.

Reconstrucción precipitación horraría

Dicho estudio, que reconstruye la precipitación horaria y analiza su volumen en las subcuencas de la rambla de Poyo y del barranco de la Saleta, indica que «la aportación del agua no aforada es importante, en especial, en la segunda fase de riada de la rambla de Poyo, la más crítica».

Recoge que entre las 7 y las 10 horas, en toda la cuenca de Poyo se registran unos 24 hm3, y que a las 15 horas, en la segunda fase de lluvias, ya se superan intensidades de 60 mm en observatorios de la cabecera del barranco de l’Horteta y de 120 mm en la hora siguiente.

A las 16 horas, la subcuenca de Horteta registra un aporte pluviométrico de 2,78 hm3, seguida de la subcuenca de Gallego (1,96 hm3), pero a partir de las 17 horas y hasta las 20 horas, se producen los máximos aportes pluviométricos: la subcuenca de Horteta recibe 20,7 hm3; la de Gallego 18,3 hm3 y la del Poyo medio 14,4 hm3.

El informe asegura que la subcuenca de Horteta «es la que empieza antes a recibir las grandes aportaciones pluviométricas de la tarde, la que registra un mayor volumen de precipitación horaria y la que empieza antes a declinar».

La hipótesis más probable, según concluye dicho informe, es que la escorrentía que llegó primero a l’Horta Sud fue la generada en la subcuenca del barranco de l’Horteta, con la aportación de Gallego y de la parte baja de la cuenca de Poyo, y descarta que la responsabilidad principal fuera de las cabeceras de Poyo.

Fraude procesal

En un tercer auto, la instructora desestima el recurso de reforma de una acusación particular contra la decisión de expulsarla del procedimiento al entender que incurría en fraude procesal por alinearse con la posición procesal de uno de los investigados.

Por otra parte, la instructora incorpora a la causa un escrito remitido la semana pasada por el director general de Medio Natural y Animal en el que aporta documentación acreditativa de que se efectuó la oportuna comunicación del ofrecimiento de agentes medioambientales al director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias el 29 de octubre, día de las riadas.

Se hizo, según detalla la instructora en su escrito, a través del denominado registro departamental, que es el medio oficial de comunicación telemática entre órganos y unidades de la Generalitat Valenciana, de forma que fue remitida a las 12:19 horas de aquel 29 de octubre de 2024 y fue recibida por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias a las 12:25 horas de esa misma jornada.