El abogado general de la Generalitat, Álvaro Martínez, ha asegurado este martes ante la jueza que investiga la gestión de la DANA que el ex secretario autonómico de Presidencia, Cayetano García, le trasladó alrededor de las 20:25 que se olvidase del confinamiento y que no habría consulta oficial sobre esa medida.
Según su declaración, hubo una llamada previa de García aproximadamente a las 19:45 en la que le informó del riesgo de rotura en la presa de Forata y de que se barajaba ordenar el confinamiento.
Martínez ha subrayado que aquella comunicación no fue una consulta jurídica propiamente dicha, sino un aviso de que esa opción podía llegar a adoptarse.
Cronología de las llamadas
La secuencia que ha expuesto el testigo se encuadra entre dos hitos de esa tarde: el envío del primer mensaje Es_Alert a la población a las 20:11 y, catorce minutos después, la segunda llamada en la que se le indicó que no habría consulta porque el confinamiento quedaba descartado.
Este giro en pocos minutos sugiere que, a medida que se actualizaba la información operativa, se reevaluó el nivel de riesgo y se cerró la puerta a las medidas más restrictivas.
Martínez ha indicado también que no recibió ninguna llamada de la entonces consellera de Justicia, Salomé Pradas. Sí supo después que el subsecretario de la Conselleria de Justicia e Interior en aquel momento, Ricardo García, contactó con el coordinador de la Abogacía en ese departamento, Ignacio Lleó, para plantear dudas sobre el alcance de decisiones como el confinamiento o el traslado forzoso de población.
Esa vía paralela, a través del abogado coordinador en Justicia, abunda en la idea de que las comunicaciones fueron telefónicas y fragmentadas, con distintos interlocutores y sin un cauce único. De acuerdo con el relato aportado, las consultas versaron sobre medidas que afectan de manera directa a la movilidad y a la seguridad de las personas, por lo que requieren respaldo jurídico claro y trazable.
Ausencia de consulta formal
En la causa consta un informe de la Abogacía de la Generalitat que indica que ningún alto cargo de las consellerias de Justicia, Medio Ambiente o Presidencia consultó nada por escrito a ese cuerpo jurídico, más allá de las llamadas referidas. Esta ausencia de petición formal implica que no quedó registro documental de una solicitud de criterio sobre el confinamiento, un aspecto relevante para reconstruir cómo y cuándo se tomaron decisiones en plena emergencia.
Con lo expuesto por Martínez, la instrucción dispone de una cronología precisa: aviso a las 19:45 sobre el riesgo en la presa de Forata, alerta pública a las 20:11 y descarte del confinamiento a las 20:25, acompañado del mensaje de ‘olvidarse del confinamiento’ y de que no habría consulta oficial. La concatenación de estas horas aporta contexto sobre el margen temporal en el que se valoraron medidas excepcionales y sobre la forma en que se comunicaron internamente.
Testimonios
Además, el abogado general y el coordinador de la Abogacía en la Conselleria de Justicia, Ignacio Lleó, están declarando este martes como testigos para aclarar el circuito de llamadas y el contenido de las advertencias.
Sus testimonios han puesto el foco en la diferencia entre avisos informales y consultas formales: mientras los primeros sirven para compartir escenarios y decisiones posibles, las segundas activan un procedimiento con trazabilidad que deja constancia escrita y permite fijar responsabilidades.
Gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024
El trasfondo es la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024, cuando la DANA obligó a adoptar decisiones en minutos ante un riesgo hidráulico concreto. A falta de consultas por escrito, la investigación se apoya en llamadas, tiempos y testimonios para depurar si se actuó conforme a los protocolos y con la cobertura legal exigible.

