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viernes, febrero 6, 2026

La jueza de la DANA investiga si los imputados pidieron ayuda a otras consellerias

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Concretamente, este requerimiento judicial se realiza a las consellerias de Educación, Agricultura, Servicios Sociales y Medio Ambiente y la jueza da un plazo de cinco días para la respuesta

La jueza de Catarroja que instruye la causa penal por la gestión de la DANA ha requerido a varias consellerias para que informen sobre las solicitudes de cooperación y de protección que recibieron desde la Conselleria de Justicia y la Secretaría Autonómica de Emergencias, así como la respuesta que dieron a esas eventuales peticiones.

La jueza investiga así las peticiones de cooperación que pudieron elevar los dos altos cargos investigados en la causa: la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.

Concretamente, este requerimiento judicial se realiza a las consellerias de Educación, Agricultura, Servicios Sociales y Medio Ambiente y la jueza da un plazo de cinco días para la respuesta.

La jueza argumenta esta petición, en un auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el que explica que «la evitabilidad de las 230 muertes y también de las lesiones tiene como base el análisis de los avisos a la población y el control de las fuentes de riesgo, cuya competencia correspondía a las autoridades encargadas de la protección civil».

Ajenas al marco competencial del Estatuto de Autonomía

En este sentido, lamenta que «pese al transcurso de la instrucción, al gran número de resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial, y la ingente prueba documental, no solo las defensas, sino diversas acusaciones, particulares y populares, se muestran ajenas al marco competencial, al Estatuto de Autonomía, a la Ley 13/2010 de la Generalitat Valenciana de Protección Civil y Gestion de Emergencias y al Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana».

Considera la jueza que la posición de esas partes «obstaculiza el procedimiento» y añade que «esto es especialmente grave cuando algunas acusaciones, alentados por quienes ni siquiera son parte en el procedimiento, pretenden que la solución, el enfoque de este proceso, sea analizar si procedía declarar la emergencia nacional como medio de evitación de los 230 fallecimientos».

«La continuidad consciente en el error no indica perseverancia»

«La continuidad consciente en el error no indica perseverancia en la defensa de una posición sino simple contumacia, máxime cuando los planteamientos de acusaciones y defensa confluyen de forma manifiesta. Un fallo de las administraciones de todo signo, incluso de los técnicos de la propia administración autonómica que dirigían los investigados, es para las defensas la base del archivo de la causa».

«Sorprendentemente, algunas acusaciones, con idéntica argumentación, pretenden exigir responsabilidades en el orden penal. Esto llevó a algunas representaciones, en el interrogatorio al señor Alberto Núñez Feijóo, a formular preguntas sobre lo sucedido fuera de esta comunidad autónoma, en la localidad de Letur (Albacete)», en lo que la jueza considera «una búsqueda de un nexo de unión que sólo es factible a través de la atribución de responsabilidades penales a aforados cuya competencia corresponde al Tribunal Supremo».

En este sentido, la magistrada continúa: «Todo el andamiaje argumental se tambalea, porque en esa voluntad de saltar hasta la administración central, obviando la normativa legal y estatutaria, se omite un escalón superior en la emergencia autonómica: la declaración de emergencia catastrófica».

«Desplazamiento competencial»

Y añade que la intención de ese «desplazamiento competencial» de la administración autonómica a la nacional «no sería sino un reconocimiento implícito de la pasividad a la hora de afrontar la emergencia».

Resumen

A modo de resumen de la causa, la instructora «recuerda, sin ánimo de exahustividad», los principios sobre los que «gravita» la causa.

Así, expone que «la competencia en materia de protección civil le correspondió en todo momento a la Administración Autonómica», que «la dirección del Cecopi le correspondía a la exconsellera», que al president le corresponde la «dirección y coordinación del Consell», y recuerda el rechazo judicial a supuestas conductas delictivas por parte de los máximos responsables de la CHJ, la Aemet o al delegada del Gobierno, Pilar Bernabé.

Y concluye que «la administración autonómica tenía todos y cada uno los instrumentos a su alcance para salvaguardar a la población, los relativos a la posibilidad de alertar, sistema ESAlert, facultad de comunicarse con otras autoridades, difusión pública por múltiples canales, los suyos personales y esto es decisivo: los medios materiales y personales del Estado», como a su juicio muestran los mensajes facilitados por Feijóo.