La Generalitat ha aprobado una nueva línea de ayudas urgentes al alquiler de vivienda para personas afectadas por la DANA de octubre de 2024, con un presupuesto global de 7 millones de euros para el ejercicio 2026.
El Pleno del Consell, a través de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, ha dado luz verde a las bases reguladoras y al procedimiento de concesión directa de estas subvenciones, destinadas a paliar las consecuencias del temporal en viviendas habituales y permanentes.
Hasta 800 euros al mes
Las ayudas podrán alcanzar hasta 800 euros mensuales, salvo que el contrato de alquiler tenga un importe inferior, en cuyo caso se concederá la cuantía real del arrendamiento. En esa cantidad se incluye también el alquiler de garajes y trasteros.
La subvención cubrirá hasta 12 mensualidades de renta y estará dirigida a personas físicas propietarias o arrendatarias cuya vivienda habitual esté situada en alguno de los municipios afectados por la DANA y haya sufrido daños que impidan el acceso o el uso seguro del inmueble.
Además, las personas beneficiarias no deberán disponer de otra vivienda habitable situada a menos de 30 kilómetros de la vivienda dañada.
Segunda fase de apoyo tras la emergencia
La convocatoria supone una segunda fase de recuperación tras las primeras ayudas al alquiler de emergencia concedidas después de la DANA. En la primera fase, la Generalitat concedió ayudas a 1.436 familias, que ahora podrán solicitar su ampliación durante un año más.
También podrán optar a esta nueva convocatoria las personas afectadas que no solicitaron la ayuda en la fase anterior, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
El objetivo es dar continuidad a la respuesta institucional para quienes no pueden volver a sus viviendas por los daños sufridos durante el temporal.
Plazo abierto hasta septiembre
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y el plazo permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2026.
La presentación deberá realizarse preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat. También podrá hacerse de forma presencial en el registro del Servicio Territorial de Vivienda de la provincia de Valencia o en los puntos habilitados para ello.
Municipios incluidos
La relación de municipios afectados incluye, entre otros, Alaquàs, Albal, Aldaia, Alfafar, Algemesí, Alginet, Alzira, Benetússer, Benifaió, Catarroja, Cheste, Chiva, Cullera, Manises, Massanassa, Mislata, Paiporta, Paterna, Picanya, Picassent, Quart de Poblet, Requena, Riba-roja de Túria, Sedaví, Silla, Sueca, Torrent, Utiel, València, en sus pedanías del sur, Xirivella y Yátova, además del resto de localidades incluidas en el decreto.
Estas subvenciones se conceden de forma directa por razones de interés económico, social y humanitario, con el fin de atender las necesidades de alquiler de las personas afectadas por la inhabitabilidad sobrevenida de sus viviendas como consecuencia del temporal.




