La Audiencia Provincial de Valencia ha admitido la personación del expresidente de la Generalitat Carlos Mazón, actual diputado autonómico, en la causa abierta por la gestión de la DANA que se instruye en el Tribunal de Instancia de Catarroja. La resolución le permite intervenir en el procedimiento para ejercer su derecho de defensa.
La Sección Segunda ha estimado el recurso de apelación presentado por el exjefe del Consell, al que se ha adherido la Fiscalía, contra el auto del pasado 31 de marzo por el que la magistrada instructora había denegado su condición de parte en la causa.
El tribunal considera que la investigación sigue abierta y que se han acordado diligencias pendientes de resultado que podrían aportar información con relevancia para una eventual atribución de responsabilidad futura. En concreto, los magistrados señalan que «se han acordado y están pendientes de ofrecer resultados con aptitud para aportar información que pudiera permitir una inculpación futura del señor Mazón Guixot».
Derecho de defensa del aforado
La Audiencia recuerda que Carlos Mazón es diputado de las Corts Valencianes y, por tanto, aforado ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Por ese motivo, concluye que debe disponer de la posibilidad de conocer la actividad judicial que pueda afectarle.
Los magistrados sostienen que el expresidente debe «tener la oportunidad que reclama» en aplicación de los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El auto añade que, de otro modo, «se vería privado de conocer la actividad judicial de investigación que le concierne».
La resolución no implica una imputación de Mazón, sino que se limita a resolver si debe admitirse su personación en el procedimiento para ejercer su defensa. La propia Audiencia advierte de que su pronunciamiento «se limita, exclusivamente, a resolver si debe admitirse o no la personación» del aforado en la causa.
Sin conclusiones sobre otros aspectos de la causa
El tribunal precisa también que no deben extraerse de esta resolución conclusiones sobre cuestiones que no han sido objeto del recurso ni formaban parte del auto recurrido. La decisión queda circunscrita, por tanto, a la posibilidad de que el expresidente pueda personarse en la instrucción.
La causa por la gestión de la DANA continúa su tramitación en Catarroja, donde la magistrada instructora mantiene abiertas distintas diligencias de investigación relacionadas con la actuación de los responsables públicos durante la emergencia.
Otros recursos desestimados
La Sección Segunda ha dictado también otros dos autos dentro de la misma causa. En uno de ellos, ha rechazado el recurso de la exconsellera de Justicia e Interior investigada contra la decisión de citarla para formar un cuerpo de escritura, con el objetivo de recabar una pericial caligráfica sobre un manuscrito aportado por un testigo.
En esa misma resolución, la Audiencia ha desestimado igualmente el recurso del ex secretario autonómico de Emergencias, que solicitaba la nulidad de un auto de la instructora al entender que le causaba indefensión.
El segundo auto rechaza el recurso de una acusación particular contra la denegación de varias diligencias de investigación, entre ellas requerimientos de información al Ministerio de Transportes y a la Dirección General de Tráfico.

