La Sección Primera de la Audiencia Provincial de València ha condenado a seis acusados a penas que van desde los 16 meses hasta los siete años de prisión por el amaño de contratos sanitarios del Hospital General Universitario de València y por la creación de un entramado societario destinado a cobrar comisiones por 1.022.628 euros.
El principal condenado es Sergio Blasco Perepérez, exdirector económico del hospital y exgerente del Consorcio Hospital General Universitario de València, a quien la Sala impone penas que suman siete años de cárcel, 19 años de inhabilitación para cargo público y multas que superan los dos millones de euros.
La resolución también absuelve a cinco encausados por falta de pruebas. La sentencia ha sido notificada este jueves y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
Condena por prevaricación, fraude, cohecho, falsedad y blanqueo
La Audiencia considera probado que Blasco, con la ayuda de otros acusados, tejió un entramado societario para favorecer a determinadas empresas en la adjudicación irregular de contratos sanitarios, cobrar comisiones y mover fondos entre mercantiles en beneficio propio y de su entorno familiar.
La Sala le declara autor de delitos continuados de prevaricación administrativa, fraude en la contratación pública y cohecho en concurso con falsedad de documento mercantil, además de un delito de blanqueo de capitales.
El tribunal, sin embargo, le absuelve de malversación y de negociaciones prohibidas a autoridad o funcionario público. En el caso de la malversación, los magistrados consideran que no ha quedado acreditado un daño patrimonial a la Administración, al no constar que los bienes y servicios contratados de forma irregular no fueran prestados efectivamente.
Comisiones canalizadas mediante facturas ficticias
Según declara probado la sentencia, Blasco influyó en tres empresas con actividad previa para que resultaran adjudicatarias de distintos contratos a cambio de comisiones que se canalizaban a través de otras sociedades sin actividad real.
Ese sistema funcionaba mediante facturación ficticia, contratos aparentes y cursos de formación que no llegaban a impartirse. El tribunal recoge que el cobro de algunas comisiones “se enmascaraba con la suscripción de contratos y facturación ficticia o con la programación de cursos de formación en el Hospital General”.
Las tres empresas adjudicatarias estaban administradas por José María B.G., Francisco José E.V. y Miguel S.G., condenados cada uno a tres años y dos meses de prisión, inhabilitación y multas por delitos de prevaricación administrativa, blanqueo de capitales, cohecho y falsedad documental.
La Audiencia aplica a todos ellos, incluido el exgerente del Consorcio, la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.
Gastos particulares, viajes y abonos VIP
Además del cobro de más de un millón de euros en comisiones, la Audiencia declara probado que Blasco utilizó el entramado societario, integrado por una quincena de mercantiles, para sufragar gastos particulares y de personas afines por un total de 529.218 euros.
Entre esos gastos figuran un contrato de renting para un vehículo, abonos VIP del Valencia Basket, viajes a distintos países, cursos para su mujer y gastos personales de su hijo.
Muchos de esos viajes se justificaban bajo conceptos como cooperación internacional o publicidad institucional y fueron pagados por empresas del sector sanitario, aunque los magistrados matizan que no consta que todos ellos fueran resultado de la comisión de un delito.
La sentencia también recoge que Blasco ingresó en una cuenta bancaria de su titularidad 250.000 euros correspondientes a dos décimos premiados de la Lotería Nacional y que amortizó préstamos particulares.
Otros dos condenados y cinco absueltos
Los otros dos condenados son Gisela Amparo S.B. y José Luis S.G., administradores de sendas empresas, a quienes la Audiencia impone un año y cuatro meses de prisión por delitos de blanqueo, cohecho y falsedad documental.
En ambos casos concurren las atenuantes de dilaciones indebidas, reparación del daño y confesión tardía.
La Sala absuelve a otros cinco acusados al considerar que no existen pruebas suficientes de su participación en la trama delictiva. Entre ellos figuran tres personas a las que el tribunal identifica como meros testaferros de Blasco, pero sin que haya quedado acreditado que conocieran sus actividades ni que se lucraran con ellas.
El juicio por estos hechos, ocurridos entre 2005 y 2014 y conocidos como caso Osvaldos, se celebró entre el 16 de septiembre y el 4 de diciembre de 2025.
Decomiso de más de un millón de euros
La Audiencia acuerda el decomiso de 1.028.361 euros, cantidad de la que deberá responder el antiguo gerente del Hospital General y, de forma solidaria y en determinadas cuantías, los otros cinco condenados en función de su participación en los hechos.
La condena queda muy por debajo de la petición inicial formulada contra Blasco, que se enfrentaba a una solicitud de 20 años de prisión y una multa de 14 millones de euros.






