Condenado a dos años de prisión por dar una paliza a un vecino en Pobla de Farnals

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La víctima sufrió múltiples fracturas en la cara, necesitó una intervención quirúrgica y presenta secuelas tras la agresión ocurrida en enero de 2024

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión a un hombre por un delito de lesiones graves cometido al propinar una paliza a un vecino en un edificio de Pobla de Farnals.

La sentencia, que es firme, considera probado que el acusado acudió sobre las 17.30 horas del 11 de enero de 2024 al edificio donde residía su expareja junto a su hija menor. Lo hizo acompañado de otro hombre que no ha sido identificado y después de que durante esa jornada se hubieran producido problemas vecinales con la víctima.

Cuando el vecino llegó a su domicilio se encontró con ambos hombres. Tras intercambiar unas palabras, el acusado comenzó a golpearle en la cara hasta hacerle caer al suelo.

Una vez la víctima estaba en el suelo y sin posibilidad de defenderse, el condenado continuó la agresión propinándole patadas. Los agresores abandonaron posteriormente el lugar después de que otro vecino saliera alertado por los ruidos y los gritos.

Múltiples fracturas faciales

La agresión provocó a la víctima lesiones de especial gravedad, entre ellas múltiples fracturas faciales, afectación de la órbita izquierda, fractura de la pirámide nasal, del seno maxilar, del arco cigomático y de la mandíbula.

Las lesiones hicieron necesario su ingreso hospitalario, tratamiento médico posterior, una intervención quirúrgica y seguimiento por especialistas de Cirugía Plástica y cirugía maxilofacial.

Durante la operación sufrió además una broncoaspiración que derivó posteriormente en una neumonía.

La sentencia recoge un periodo de curación con 38 días de perjuicio personal básico, otros 54 días de pérdida temporal moderada de calidad de vida y seis días de perjuicio grave.

La víctima presenta también diferentes secuelas, entre ellas alteraciones neurológicas y sensitivas en el lado izquierdo de la cara, problemas en la respiración nasal y material de osteosíntesis. Asimismo, sufre un perjuicio estético por el hundimiento del globo ocular y del pómulo izquierdos y la desviación del tabique nasal.

Pena suspendida durante tres años

El acusado reconoció los hechos y había satisfecho previamente la responsabilidad civil, por lo que no quedaba cantidad alguna pendiente de reclamación por este concepto.

La Audiencia Provincial le condena como autor de un delito de lesiones graves a dos años de prisión y le prohíbe aproximarse a menos de 150 metros de la víctima durante cinco años.

Durante el mismo periodo tampoco podrá comunicarse con ella mediante ningún medio informático o telemático ni mantener contacto escrito, verbal o visual.

La sentencia acuerda, no obstante, suspender la ejecución de la pena de prisión durante tres años, condicionada, entre otros requisitos legales, a que el condenado no cometa un nuevo delito durante ese periodo.

El tribunal ha tenido en cuenta diferentes circunstancias atenuantes, entre ellas la reparación del daño y la confesión de los hechos.