El Consell flexibiliza las ayudas para recuperar el patrimonio cultural dañado por la DANA

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La Generalitat elimina la obligación de justificar antes del 2 de noviembre al menos el 40 % de la subvención para facilitar la ejecución de los trabajos por parte de los ayuntamientos

El Consell ha aprobado este viernes la modificación de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a restaurar y revitalizar el patrimonio cultural valenciano afectado por la DANA del 29 de octubre de 2024. El cambio busca facilitar la gestión y justificación de las subvenciones, especialmente por parte de los ayuntamientos beneficiarios.

Estas ayudas permiten intervenir en Bienes de Interés Cultural (BIC), Bienes de Relevancia Local (BRL) individualizados, bienes muebles inventariados y equipamientos pertenecientes a museos y colecciones museográficas permanentes que sufrieron daños por la riada.

La principal novedad consiste en eliminar la obligación de justificar antes del 2 de noviembre de 2026, como mínimo, el 40 % del importe total concedido. Este requisito figuraba en el Decreto 157/2025 y, según explica la Generalitat, resulta incompatible con los plazos reales derivados de la concesión de las subvenciones durante 2025.

La modificación no supone ningún gasto adicional para las cuentas de la Generalitat.

El Consell justifica el cambio por la dificultad material que afrontan numerosas entidades beneficiarias para alcanzar ese porcentaje en el plazo establecido. La mayoría son ayuntamientos gravemente afectados por la DANA y deben someter las actuaciones a los correspondientes procedimientos de contratación pública.

Estos trámites administrativos han ralentizado en muchos casos el inicio de las obras, servicios y suministros necesarios para recuperar los bienes culturales dañados.

El nuevo decreto también modifica el sistema de pagos parciales. Las entidades podrán continuar solicitando abonos a cuenta conforme ejecuten las actuaciones y presenten las certificaciones correspondientes de las obras, servicios o suministros ya realizados. Estas justificaciones parciales podrán presentarse hasta el 2 de noviembre de 2026.

La modificación mantiene además el anticipo del 30 % del importe total de la subvención que la Generalitat ya ha abonado a todas las entidades públicas beneficiarias. De esta forma, los organismos disponen de financiación anticipada para iniciar los trabajos mientras avanzan los procedimientos administrativos necesarios para ejecutar las actuaciones.