Agricultura refuerza la trazabilidad para frenar los robos en el campo

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La nueva regulación obligará a que cada transporte de productos agrícolas lleve un único documento DATA y dará 24 horas para acreditar la titularidad de la mercancía cuando existan dudas

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca prepara una nueva orden para reforzar la trazabilidad de los productos agrícolas desde el campo hasta su primera comercialización. La medida busca, además, dificultar la salida al mercado de mercancía procedente de robos o hurtos en explotaciones.

El departamento autonómico ha presentado al sector un protocolo de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Su pieza central será el Documento de Acompañamiento y Trazabilidad Agraria (DATA), que permite seguir los productos desde la parcela de origen hasta el almacén de manipulado o el primer punto de comercialización.

La regulación desarrolla determinados aspectos del Decreto 5/2015 del Consell sobre trazabilidad de productos agrícolas. Entre las novedades figura la adaptación del sistema a los casos en los que la persona encargada del transporte no sea propietaria de la mercancía.

El director general de Industria y Cadena Agroalimentaria, Ernesto Fernández, ha destacado «el firme compromiso, por parte de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, de impulsar y coordinar actuaciones encaminadas a asegurar la trazabilidad alimentaria, y prevenir los robos en el campo».

Un único DATA para cada transporte

Cada traslado de mercancía desde una explotación agraria hasta su primer destino tendrá que estar acompañado por un único documento DATA. Además, únicamente será válido el modelo oficial que la Conselleria ponga cada año a disposición de agricultores, transportistas y operadores a través de sus canales electrónicos.

El transportista deberá conservar el documento durante todo el trayecto. Una vez entregada la mercancía, será el destinatario quien tenga que mantenerlo a disposición de las autoridades competentes.

Los agentes de la autoridad y el personal inspector podrán realizar controles durante cualquier fase del transporte entre la explotación agrícola y el lugar de primera comercialización. El objetivo será comprobar que se cumplen las obligaciones de trazabilidad y que puede acreditarse el origen de los productos.

Fernández ha explicado que el DATA «constituye un instrumento que contribuye a prevenir situaciones de aprovechamiento ilícito que puedan tener su origen en acciones delictivas de hurto o robo». La experiencia acumulada, ha añadido, aconseja precisar mejor la identificación tanto de las parcelas agrícolas como de los productos que salen de ellas.

La orden también regulará qué ocurre cuando no pueda acreditarse inicialmente la procedencia de una mercancía. En estos casos se concederá un plazo de 24 horas para demostrar su titularidad, restablecer la trazabilidad y permitir su liberación.

Si finalmente no puede reconstruirse esa trazabilidad, el producto tendrá como destino la destrucción. Los costes derivados de todo el procedimiento correrán a cargo de la persona responsable.