El Ayuntamiento de Torrent ha abierto el plazo para solicitar nuevas ayudas económicas destinadas a las personas cuyas viviendas habituales sufrieron daños graves por la DANA del 29 de octubre de 2024. La convocatoria dispone de un presupuesto máximo de 900.000 euros y las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo 2 de noviembre.
Las ayudas se dirigen a personas físicas que residían en Torrent cuando se produjeron las inundaciones. Además, su vivienda habitual debe constar en el censo municipal de inmuebles afectados y estar considerada como gravemente dañada. El Ayuntamiento incluye en esta categoría los hogares desalojados, declarados en ruina, inhabitables o arrastrados por la riada.
La convocatoria se financia con cargo a una subvención extraordinaria concedida al consistorio por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. El Gobierno destinó 4.886.355 euros a Torrent para atender necesidades inmediatas de los servicios sociales municipales derivadas de la DANA.
La alcaldesa, Amparo Folgado, ha señalado que el Ayuntamiento «mantiene su compromiso con las familias que sufrieron las consecuencias más graves de la DANA y que todavía necesitan apoyo para recuperar la normalidad en sus viviendas». También ha explicado que el procedimiento tendrá carácter urgente para agilizar la gestión y hacer efectivos los fondos.
Quién puede solicitar las ayudas de Torrent por la DANA
La convocatoria exige que los beneficiarios residieran en Torrent el 29 de octubre de 2024 y que los daños afectaran a su vivienda habitual. El empadronamiento anterior a esa fecha permite presumir la residencia, aunque también podrá acreditarse mediante otros medios válidos.
Asimismo, los solicitantes deberán demostrar la ocupación legal del inmueble. Para ello podrán presentar, entre otros documentos, una escritura de propiedad, un contrato de arrendamiento o documentación relacionada con tributos y suministros esenciales.
El concejal de Servicios Sociales, Arturo García, ha explicado que las ayudas están pensadas para las familias que sufrieron los daños más importantes. En concreto, para viviendas que tuvieron que ser desalojadas, quedaron inhabitables, fueron declaradas en ruina o resultaron arrastradas por la riada.
Torrent continúa así desplegando medidas para atender las consecuencias de las inundaciones. El municipio también ha impulsado actuaciones relacionadas con la vivienda, como la cesión de suelo municipal para promover alquiler asequible entre los afectados por la DANA.
Los 900.000 euros se repartirán entre los beneficiarios
La cantidad que recibirá cada beneficiario todavía no está determinada. El Ayuntamiento repartirá los 900.000 euros disponibles entre todas las personas que finalmente cumplan los requisitos. Por tanto, la cuantía individual se conocerá una vez concluya el plazo y se determine el número definitivo de beneficiarios.
Solo podrá concederse una ayuda por cada vivienda habitual gravemente afectada. El pago se realizará de una sola vez mediante transferencia bancaria, después de la resolución de concesión y de comprobar el cumplimiento de los requisitos.
Además, estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, prestaciones, indemnizaciones o recursos. Esta compatibilidad incluye las ayudas concedidas anteriormente por el Ayuntamiento con financiación de la Fundación Amancio Ortega. Según los últimos datos municipales publicados, ese programa había ejecutado 1.432 ayudas, entre ellas 324 destinadas a viviendas.
Las personas que ya aportaron documentación en aquel procedimiento podrán indicar que esos documentos se encuentran en poder del consistorio. Para ello tendrán que identificar el procedimiento anterior y la documentación deberá continuar vigente.
Plazo para solicitar las ayudas por vivienda
El periodo de presentación comenzó el 2 de octubre y terminará el 2 de noviembre de 2026. Las solicitudes podrán tramitarse presencialmente en las oficinas municipales de asistencia en materia de registro T’DIC o por vía electrónica.
El Ayuntamiento dispone de un apartado de ayudas y subvenciones municipales en el que reúne convocatorias y procedimientos relacionados con las ayudas por la DANA.
Entre la documentación requerida figuran la identificación del solicitante y de la vivienda, la acreditación de la ocupación legal, los datos bancarios y la declaración responsable. Cuando la residencia no conste en el padrón municipal, también deberá aportarse documentación adicional que permita acreditarla.
Los beneficiarios no tendrán que demostrar que están al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con la Hacienda municipal, de acuerdo con las excepciones previstas para estas ayudas. El Ayuntamiento tramitará el procedimiento por vía de urgencia y publicará posteriormente la resolución de concesión.






