20.4 C
Valencia
miércoles, febrero 25, 2026

La Audiencia desestima incorporar una entrevista de Salomé Pradas a la causa de la DANA

Ejemplo de shortcode con estilo
La Sección Segunda ha rechazado el recurso de la acusación popular y ha confirmado que la entrevista televisiva de Salomé Pradas no se incorpore a la investigación sobre la gestión de la DANA. La Sala ha dejado abierta la opción de pedir de nuevo la diligencia si se justifica su utilidad.

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha rechazado el recurso de la acusación popular ejercida por Podemos y ha confirmado la negativa de la jueza de Catarroja a incorporar a la causa sobre la gestión de la DANA la entrevista televisiva concedida por la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas antes de su emisión.

El tribunal ha considerado que la medida carece de utilidad en este momento, al tratarse de una entrevista ofrecida de forma voluntaria por la investigada y porque ella ya ha prestado declaración judicial. Con ello, la Audiencia ha respaldado el criterio de centrarse en diligencias pertinentes y necesarias para el objeto de la instrucción y ha descartado añadir material que no aporte elementos probatorios nuevos ni relevantes para esclarecer los hechos investigados.

Posibilidad de volver a pedir la prueba

La Sala no ha cerrado la puerta a que la acusación vuelva a solicitar la incorporación de la entrevista, siempre que justifique de forma concreta su utilidad. De este modo, ha dejado abierta la opción de que la instructora se pronuncie de nuevo si se aportan razones que expliquen qué información adicional podría extraerse para la causa. Este matiz sugiere que el interés podría residir en contrastar eventuales manifestaciones públicas con lo ya dicho en sede judicial, aunque por ahora no se ha acreditado esa necesidad.

El tribunal también ha descartado que se puedan añadir los brutos de la entrevista. Ha razonado que el consentimiento dado para la emisión del programa no se extiende a fragmentos no emitidos, por lo que no procede incorporar ese material. Esta precisión delimita el alcance del consentimiento y evita que contenidos no difundidos se integren en la causa sin una base jurídica y de utilidad claramente justificadas.

La resolución ha sido adoptada por los cinco magistrados que integran actualmente la Sección Segunda y ha sido notificada a las partes. Con este auto, ya se han dictado 41 resoluciones en apelación sobre esta investigación, de las que 36 han sido desestimatorias y 5 estimatorias, lo que refleja que, en la mayoría de los casos, se han confirmado las decisiones de la jueza instructora.

La causa se instruye en el juzgado de Catarroja y examina la gestión institucional de la DANA. En este contexto, la acusación popular pretendía aportar la entrevista concedida por la exconsellera antes de su emisión, una iniciativa que por ahora no ha superado el filtro de utilidad exigido en esta fase de la investigación.


Accede a nuestra hemeroteca Accedeix a la nostra hemeroteca Access our archive