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jueves, marzo 5, 2026

La Audiencia de Valencia ordena investigar si Emergencias fue notificada del ofrecimiento de agentes durante la DANA

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La Audiencia de Valencia ha estimado el recurso de Emilio Argüeso y ha ordenado rastrear la comunicación con la que Medio Ambiente ofreció agentes a Emergencias. La diligencia busca aclarar si se notificó personalmente el 29 de octubre de 2024 y en qué momento.

La Audiencia de Valencia ha estimado el recurso del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso en la causa sobre la DANA y ha ordenado a la jueza de Catarroja investigar la trazabilidad del ofrecimiento de agentes medioambientales realizado por la Conselleria de Medio Ambiente el día de las riadas. El objetivo es aclarar si esa comunicación llegó efectivamente a Emergencias, cuándo se abrió y quién tuvo conocimiento real de su contenido.

Qué ordena la Audiencia

En un auto difundido por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, los magistrados de la Sección Segunda han corregido a la instructora y le han ordenado que oficie a la dirección de tecnologías de la Generalitat para que informe sobre el desarrollo de la comunicación remitida por la Conselleria de Medio Ambiente. Los jueces comparten el criterio del Ministerio Fiscal y consideran esta diligencia útil y pertinente, por lo que estiman el recurso y dejan sin efecto el auto anterior, ordenando practicar el oficio en los términos solicitados por la parte apelante.

La trazabilidad, en este contexto, implica reconstruir el rastro del mensaje: cuándo se envió, a qué buzón llegó, a qué hora se registró, cuándo se abrió, si se reenviaron copias y a qué destinatarios. Ese seguimiento técnico es clave para el derecho de defensa y para delimitar responsabilidades sobre la gestión de la emergencia, pues determina el momento en que un cargo público pudo conocer un ofrecimiento operativo. El propio auto subraya esta necesidad: ‘Parece evidente en aras al derecho de defensa de Emilio Argüeso el interés en intentar acreditar este último de forma objetiva e indubitada si durante el 29 de octubre de 2024 se le notificó personalmente el ofrecimiento de los agentes medioambientales efectuado desde la Dirección General de Medio Natural y Animal‘.

La posición de la defensa y los testimonios

La defensa de Argüeso solicitó verificar si el 29-O se recepcionó en la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias la hoja de comunicación emitida por Medio Ambiente, concretar quién la recibió y accedió a ella y si fue reenviada. Sostiene, además, que el ex alto cargo no tuvo noticia de ese ofrecimiento en la tarde del 29 de octubre de 2024.

Tras denegar inicialmente estas diligencias, la instructora recibió la declaración testifical de la jefa del servicio de Coordinación de Emergencias y del director general de Medio Natural y Animal. Según destaca la Sección Segunda, ambos discreparon sobre la fecha de apertura de la comunicación en la AVSRE y ninguno pudo precisar ese extremo; únicamente se apuntó su registro el día 29 a las 12:25 horas. Los magistrados admiten que la hora de recepción de un mensaje telemático no tiene por qué coincidir con su apertura y, por tanto, con el conocimiento efectivo de su contenido, de ahí que ordenen indagar sobre estos aspectos.

La diligencia acordada permitirá encajar con mayor precisión la cronología de aquella jornada de riadas, distinguiendo entre registro formal y lectura efectiva. Con ello, el juzgado podrá establecer quién estuvo en posición de actuar a partir del ofrecimiento y en qué momento concreto, un dato que incide en la valoración de las decisiones adoptadas ese día. La orden no prejuzga el fondo del asunto, pero persigue despejar si el investigado fue notificado personalmente y a qué hora, extremos que condicionan el relato fáctico de la causa.


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