La Generalitat ha convocado las ayudas del plan especial ‘Vive municipios dana’ para apoyar a las personas que perdieron su vivienda durante el temporal de viento y lluvias del 29 de octubre de 2024.
La vicepresidenta primera y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, Susana Camarero, ha destacado que estas subvenciones “ofrecen una respuesta a las personas que perdieron su casa para que puedan volver a tener un hogar y reconstruir su proyecto de vida”.
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la primera convocatoria correspondiente a 2025, dotada con 3 millones de euros, dentro de un presupuesto global que alcanza los 30 millones de euros.
Las ayudas permitirán financiar el 10 % del precio de adquisición de una vivienda ya construida en alguno de los municipios afectados, con un límite de 20.000 euros por hogar.
Requisitos y condiciones de acceso
Para ser beneficiarias, las personas solicitantes debían residir en alguno de los municipios afectados en el momento de la dana y haber adquirido una nueva vivienda para cubrir sus necesidades residenciales, siempre que la anterior hubiera quedado destruida o sufriera daños graves o estructurales. Este extremo deberá acreditarse mediante informe técnico.
El programa establece requisitos económicos. Las personas solicitantes deben contar con ingresos de entre 1,5 y 6,5 veces el IPREM y no disponer de otra vivienda a menos de 30 kilómetros del inmueble afectado, salvo la que resultó dañada por el temporal.
La nueva vivienda deberá destinarse a residencia habitual y permanente durante diez años, con empadronamiento obligatorio en un plazo máximo de tres meses desde la concesión. Además, las condiciones de la subvención deberán incorporarse a la escritura de compraventa.
Plazos, tramitación y publicación de listados
Las ayudas podrán solicitarse durante diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV. El orden de resolución será por fecha de presentación de las solicitudes.
La tramitación puede realizarse por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat, o de forma presencial en los registros habilitados. Los listados provisionales y definitivos de solicitudes admitidas y denegadas se publicarán tanto en la sede electrónica como en la web de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.






