El Pleno del Consell aprueba el decreto por el que declara paraje natural municipal el enclave Assut d’Antella-Creueta Alta, en el término municipal de Antella, y establece su régimen jurídico de protección. La medida responde a la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Antella y se adopta al amparo de la Ley 11/1994 de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, al considerar idónea esta figura para preservar espacios de relevancia ambiental y trascendencia local.
El paisaje del río Júcar a su paso por Antella constituye el eje vertebrador del paraje. Se trata de un entorno de carácter fluvial y complejo que integra diferentes ambientes como el assut, el cauce y la huerta de la ribera, configurando un espacio de alto valor ecológico y paisajístico.
El Assut d’Antella, en funcionamiento desde el año 1260, resulta fundamental en la infraestructura hidráulica de la Acequia Real del Júcar. Además, desempeña una función social y cultural esencial en el ámbito local, ya que acoge actividades vinculadas al medio natural como la escuela de piragua, espacios de recreo, zona de baño y la práctica de distintos deportes. El enclave es, asimismo, un punto de referencia tanto para la población local como para visitantes, que encuentran en este entorno un espacio natural diverso, accesible y bien conservado.
Por su parte, la Creueta Alta constituye un referente forestal en Antella, dominado por formaciones silvestres de matorral y pastizal, con presencia aislada de bosquetes de coníferas y campos de cultivo de frutales de secano.
La flora de ribera incluye bosquetes de chopos y saucedas, además de cañizos, juncáceas y, de forma puntual, pinares y matorrales. En la zona forestal destaca el pino carrasco, que aparece de manera aislada o formando pequeños bosquetes junto a matorral mediterráneo como aliaga, cistáceas, romero, coscoja, lentisco, brezo, palmito, esparto y tomillo.
En cuanto a la fauna, el tramo del río Júcar alberga una relevante ictiofauna con especies como el alburno, la anguila, la colmilleja, la carpa, el lucio europeo, la gambusia, el gobio, la perca sol, el barbo, la perca atruchada y el pez fraile, además de moluscos como la almeja de río. También se registran especies como el águila perdicera, el conejo, el tejón, la rata de agua y la culebra de herradura.
Régimen de protección y gestión municipal
El decreto aprobado establece un régimen de protección orientado a preservar la integridad de los ecosistemas naturales y prohíbe aquellos usos y actividades que puedan provocar el deterioro o regresión de los valores que motivan su declaración. De forma expresa, se excluye la utilización urbanística de los terrenos incluidos en el ámbito protegido.
La administración y gestión del paraje corresponderá al Ayuntamiento de Antella, que deberá aprobar una ordenanza municipal que desarrolle de manera detallada la regulación de usos y actividades, conforme a las normas básicas de ordenación recogidas en el decreto y con especial atención a la integración paisajística.
El texto normativo crea además el Consejo de Participación del Paraje Natural Municipal, como órgano consultivo para canalizar la participación de propietarios, administraciones y colectivos sociales vinculados a la conservación del espacio.
En cuanto a la financiación, la gestión corresponderá al Ayuntamiento, sin perjuicio de la posible colaboración de la Generalitat u otras entidades públicas o privadas.



