Pradas reclama la transcripción íntegra de su declaración por la dana y del careo con Cuenca

Ejemplo de shortcode con estilo
La exconsellera de Justicia Salomé Pradas solicita al juzgado de Catarroja la transcripción literal de su declaración por la dana de 2024 y del careo con José Manuel Cuenca para garantizar su derecho de defensa.

La exconsellera de Justicia Salomé Pradas, investigada en la causa penal por la gestión de la dana de octubre de 2024, ha pedido al juzgado de Catarroja la transcripción literal de su declaración en este procedimiento y del careo que mantuvo con José Manuel Cuenca, quien fue jefe de Gabinete del expresident de la Generalitat Carlos Mazón.

Según detalla la defensa en un escrito remitido al juzgado, esta parte ha reclamado en varias ocasiones una copia de la transcripción literal de la declaración que Pradas prestó el 11 de abril de 2025 en calidad de investigada. En su día, la petición fue denegada, pero los abogados sostienen que ahora concurren nuevas circunstancias que obligan a revisar esa decisión.

Entre esos cambios, la defensa subraya que el juzgado está incorporando al procedimiento transcripciones íntegras de otras declaraciones. A su juicio, esta práctica demuestra que existen medios técnicos suficientes para realizar ese trabajo de forma completa y precisa, por lo que no habría impedimentos materiales para hacer lo mismo con la declaración de la exconsellera.

Derecho de defensa y agravio comparativo

El escrito destaca la extrema relevancia que tiene para la estrategia procesal de Pradas conocer con exactitud el contenido de todo lo que se dijo en su declaración. Los letrados consideran que solo una transcripción literal permite al equipo jurídico revisar con detalle cada pregunta y cada respuesta, algo que se considera esencial cuando se trata de una causa penal relacionada con la gestión de una emergencia como una dana.

La defensa recuerda que el objetivo de esta solicitud es garantizar el pleno ejercicio del derecho de defensa. Sin un registro literal, sostienen, solo se dispone de un acta resumida que puede dejar fuera matices, dudas o precisiones formuladas en la sala, lo que limita la capacidad de analizar con rigor técnico las manifestaciones realizadas por la investigada.

En el caso del careo celebrado con José Manuel Cuenca el 12 de enero, los abogados indican que, a día de hoy, no se ha incorporado a las actuaciones la transcripción de ese acto. Insisten en que la propia naturaleza del careo, basado en la confrontación de versiones y en la detección de posibles contradicciones, hace imprescindible contar con un soporte escrito que recoja fielmente el intercambio entre las partes.

Para la defensa de Pradas, la negativa a facilitar las transcripciones solicitadas supone una vulneración directa del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a un proceso con todas las garantías, recogidos en el artículo 24 de la Constitución. Argumentan que el derecho de defensa no puede ser solo formal, sino que debe ser real y efectivo, lo que exige disponer de toda la información generada en las diligencias practicadas.

Los letrados advierten además de que, si el juzgado está procediendo a la transcripción literal de otras declaraciones en la misma causa, rechazar hacerlo respecto a la declaración de su clienta generaría un agravio comparativo. A su entender, esta diferencia de trato rompería la igualdad que debe presidir la fase de instrucción y podría afectar al equilibrio procesal entre las partes personadas.

En el escrito se añade que la transcripción literal es, a juicio de la defensa, el único medio que garantiza la ausencia de interpretaciones subjetivas o de errores de síntesis en el acta. Un documento detallado permitiría recoger no solo el contenido de las intervenciones, sino también los matices y precisiones de cada pregunta y respuesta, elementos que pueden resultar determinantes a la hora de valorar la responsabilidad penal derivada de la gestión de la dana de 2024.


Accede a nuestra hemeroteca Accedeix a la nostra hemeroteca Access our archive