viernes, 5 julio 2024

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Nueve años y medio de prisión por intentar matar a su expareja en Massamagrell

El acusado estuvo casado con la víctima durante seis años y se separaron en 2019, que no aceptó la ruptura e intentó retomar la relación 'de forma insistente'

La Sección Primera de la Audiencia de Valencia ha condenado a nueve años y medio de prisión a un hombre acusado de intentar matar a su expareja a puñaladas el 8 de marzo de 2021, Día Internacional de la Mujer, en la localidad de Massamagrell. La sala le condena por un intento de homicidio con las agravantes de parentesco y razones de género pero le absuelve de los delitos contra la integridad moral, acoso y de amenazas condicionales.

La Audiencia le impone la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros durante 18 años, comunicarse con ella por cualquier medio y prohibición de residencia en Massamagrell, que deberán ser controladas con un dispositivo de control telemático GPS. Además, le indemnizará con 120.000 euros por las lesiones, secuelas, daño moral y la incapacidad absoluta permanente generada.

La sala ha considerado probado que el acusado estuvo casado con la víctima durante seis años y se separaron en 2019. Desde entonces, no aceptó la ruptura e intentó retomar la relación “de forma insistente”, una conducta que se acentuó a partir de septiembre de 2020, llegando a enviar cartas a los hijos de ella.

El día de los hechos, el acusado estaba esperando a que la mujer bajrara del domicidio. Ella, al verle, decidió salir a fotografiarle para justificar que se acercaba a su vivienda, momento en el que él salió del coche y, con un cuchillo tipo machete, se lo clavó “de forma sucesiva” y con “brutalidad“.

La mujer había avisado de su intención de bajar a su actual pareja, que se acercaba a su vivienda a recogerla, y este, junto con otro testigo presencial, consiguió quitarle de encima al acusado y finalizar la agresión. Otro vecino que escuchó los gritos de la víctima se aproximó al exmarido al que golpeó con dos palos de escoba y un paraguas y su actual pareja con una llave de cruz, con lo que lograron apartarle de la víctima.

La exesposa tuvo que ser trasladada por los agentes de la Guardia Civil en el vehículo patrulla al hospital, un hecho que le salvó la vida, ya que recibió lesiones “mortales de necesidad“. El 17 de marzo de ese año el acusado remitió una carta a los hijos de la víctima a los que les decía: “Sois mayores y sabéis comprender que la relación entre mamá y yo puede ser menor aunque mamá, por inexplicables razones, lo ha querido así, porque si no, será el infierno de vuestras vidas“.

La sala, en una sentencia avanzada por Las Provincias y consultada por Europa Press, considera que en este caso “no existen los requisitos mínimos para intuir” la posible existencia del delito de acoso porque “no basta con que la víctima tenga un sentimiento de temor, sino que la conducta del acosador debe limitar su libertad de obrar” y que haya una “estrategia de persecución”, ni tampoco que existan amenazas.

Asimismo, entiende que no existe la alevosía dado que uno de los testigos, entre otros motivos, afirmó ver a agresor y víctima de pie, uno enfrente de otro, él con el arma en las manos y sostiene que “pudo al menos haber intentado escapar de su agresor, al que vio perfectamente salir del coche con el arma en la mano“.

Fiscalía y acusación particular reclamaban 18 años y once meses de prisión para el acusado, que reconoció intento de homicidio y se acogió a su derecho a no declarar, por un delito de asesinato en grado de tentativa, acoso y amenazas.

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