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miércoles, febrero 18, 2026

Sanidad quiere prohibir fumar en el coche y en la playa

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El Ministerio de Sanidad está desarrollando un nuevo plan contra el tabaquismo que introducirá nuevas medidas y restricciones.

El Ministerio de Sanidad ya ha redactado un nuevo plan contra el tabaquismo que contempla la prohibición de fumar en vehículos propios y otros espacios para convertirlos en libres de humo.

En el nuevo borrador se propone que antes del año 2023 se introduzcan nuevos impuestos, medidas y restricciones, así como aumentar los lugares libres de humo y la prohibición de los cigarros electrónicos.

Desde Sanidad se perfila el borrador de esta nueva normativa junto a sociedades científicas y médicas, y a los ejecutivos autonómicos, para que aporten sus conclusiones antes del 15 de diciembre de este año.

Lugares donde se prohibirá fumar en España

El plan del Ministerio de Sanidad hace referencia específica a la prohibición de fumar en el interior del vehículo y a las terrazas de bares, restaurantes y locales de ocio.

El borrador contempla también lugares como parques infantiles, estadios deportivos y entornos de colegios.

Además, una de las novedades que contempla el plan antitabaquismo es ampliar la prohibición de fumar a espacios al aire libre como las playas. La idea es reducir y eliminar los residuos (colillas) que están afectando al ecosistema marino.

¿Dónde está prohibido fumar?


La Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco es la que regula la lista de espacios en los que sí se permite fumar y en los que no.

No se permite fumar:

  • Centros de trabajo públicos y privados.
  • Centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público.
  • Centros, servicios o establecimientos sanitarios.
  • Centros docentes y formativos.
  • Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos.
  • Zonas destinadas a la atención directa al público.
  • Centros comerciales.
  • Centros de ocio.
  • Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.
  • Salas de fiesta, establecimientos de juego o locales de ocio.
  • Establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos.
  • Ascensores.
  • Estaciones de autobuses.
  • Vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos.
  • Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo.
  • Aeropuertos.
  • Estaciones de servicio y similares.
  • Hoteles.
  • Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados.
  • Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos en espacios cerrados.
  • Parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia.

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