Quedan en libertad los detenidos por la presunta violación de una mujer en un coche en València

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La jueza de Violencia sobre la Mujer de València deja en libertad provisional a los dos hermanos al no existir denuncia de la víctima.

La jueza de guardia de la sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de València acordó la tarde de este viernes dejar en libertad a los dos hermanos detenidos por la Policía Nacional por una presunta violación a una mujer dentro de un coche estacionado en un descampado del barrio de Malilla, en València.

La magistrada tomó esta decisión tras decretar el sobreseimiento provisional de la causa. En su resolución considera que no ha quedado debidamente acreditada la perpetración del delito, fundamentalmente porque la mujer que fue atendida como víctima no ha presentado la correspondiente denuncia ante la autoridad judicial o policial. Sin esta denuncia, el procedimiento penal por delitos contra la libertad sexual no puede seguir avanzando en este caso.

Requisito de denuncia en delitos sexuales

El tribunal recuerda que la presentación de una denuncia por parte de la persona agraviada es un requisito indispensable para perseguir la mayoría de los delitos contra la libertad sexual, de acuerdo con lo que establece el artículo 191 del Código Penal. Este precepto fija que, para proceder por delitos de agresiones sexuales y acoso sexual, será necesaria denuncia de la propia víctima, de su representante legal o una querella del Ministerio Fiscal. En este último supuesto, la Fiscalía debe ponderar los intereses en juego antes de decidir si actúa.

Esta exigencia implica que, cuando la persona afectada decide no denunciar, el margen de actuación de los juzgados se reduce de forma notable y la causa puede quedar archivada de manera provisional, como ha sucedido en este procedimiento. El archivo provisional no supone una absolución definitiva, pero sí la paralización de la investigación mientras no aparezcan nuevos elementos, como podría ser una futura denuncia o nuevas pruebas relevantes.

El mismo artículo del Código Penal prevé una excepción para los supuestos más vulnerables. Cuando la víctima es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, basta con la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal para que se pueda iniciar o continuar el procedimiento penal, incluso aunque la víctima no denuncie personalmente. En el caso de València, las circunstancias de la mujer no encajaban en estos supuestos especiales, de modo que su ausencia de denuncia ha resultado determinante.

Detención tras un aviso ciudadano

Los dos hermanos, de 56 y 71 años, habían sido detenidos la noche del jueves por agentes de la Policía Nacional. La intervención policial se produjo después de que, sobre las 23:30 horas, un ciudadano llamara a los servicios de emergencia para alertar de que se estaba produciendo una violación dentro de un coche estacionado en un descampado del barrio de Malilla.

Según explicó esta persona, mientras paseaba a su perro observó que en el interior de un vehículo, situado a la altura del número 89 de la calle Juan Ramón Jiménez de València, se estaba produciendo una agresión sexual a una mujer. Ante la sospecha de que la integridad de la mujer pudiera estar en riesgo, decidió contactar con la Policía, que envió una patrulla al lugar.

Cuando los agentes llegaron al descampado localizaron el vehículo y encontraron en su interior a la mujer y a los dos hombres. De acuerdo con la información trasladada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, uno de los hermanos se encontraba manteniendo relaciones sexuales con la mujer mientras el otro permanecía también dentro del coche. Los policías procedieron a la detención de ambos como presuntos autores de un delito de agresión sexual y trasladaron a la mujer a un centro hospitalario para su atención y valoración médica.

Tras pasar a disposición judicial, la jueza ha optado por dejar a los dos hermanos en libertad al no concurrir, por el momento, el requisito formal de la denuncia de la víctima que permita continuar adelante con la acusación por violencia sexual. El procedimiento queda por ahora sobreseído de forma provisional, sin perjuicio de que pueda reabrirse si se presentan nuevos elementos que modifiquen la situación actual.


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