El Juzgado de lo Social número 17 de València ha dictado tres sentencias que obligan a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo a abonar un total de 78.000 euros en concepto de complementos de antigüedad a tres trabajadores adscritos al centro territorial de València. Además, la Fundación debe pagar indemnizaciones por daños morales al considerar que se ha producido una vulneración de derechos fundamentales.
Las resoluciones judiciales estiman las demandas interpuestas por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, que defendía a empleados con contrato indefinido que no percibían el complemento de antigüedad pese a estar recogido en el convenio colectivo de la entidad. Mientras tanto, trabajadores de otras comunidades sí lo cobraban.
Según recoge el fallo, la omisión del pago del complemento no respondía a ningún criterio objetivo ni razonable. El único elemento diferenciador era la ubicación geográfica del centro de trabajo. Por lo tanto, esto supone un trato desigual contrario a la normativa vigente.
Vulneración del derecho a la igualdad y a la dignidad profesional
El juzgado subraya que “la omisión del abono de antigüedad vulnera el derecho a la igualdad retributiva reconocido en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores” y que “la conducta empresarial infringe el artículo 14 de la Constitución Española que proclama la igualdad y no discriminación”.
En este sentido, las sentencias recuerdan que el convenio colectivo de Fundae reconoce el complemento de antigüedad con carácter general y sin excepciones territoriales. Por lo tanto, excluirlo en una provincia concreta constituye “una discriminación”.
Daños morales
Además del pago de los atrasos salariales, el tribunal condena a Fundae a abonar 8.000 euros a cada trabajador en concepto de daños morales. Considera acreditado que la discriminación salarial prolongada ha supuesto un “menoscabo de la dignidad profesional y personal del empleado”.
Las tres resoluciones corresponden a procedimientos individuales promovidos por CSIF en representación de cada uno de los trabajadores afectados. Además, consolidan el criterio judicial sobre la igualdad retributiva dentro de la entidad en todo el territorio.



