El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de subvenciones para gastos de pirotecnia dirigidas a las comisiones falleras con motivo de las Fallas 2026, con una dotación global de 100.000 euros. La iniciativa, aprobada por la Junta de Gobierno Local, busca descentralizar los espectáculos pirotécnicos y apoyar económicamente a las comisiones en la organización de mascletàs, cremàs, castillos, correfocs, cordàs, despertàs y otros actos tradicionales.
El concejal delegado de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, Santiago Ballester, ha destacado que esta convocatoria “permite continuar dando apoyo a la descentralización de las celebraciones y los espectáculos pirotécnicos por toda la ciudad”.
Una ayuda para fomentar e innovar en la fiesta fallera
La convocatoria cuenta con una partida inicial de 75.000 euros, ampliable en 25.000 euros más hasta alcanzar los 100.000 euros. Su objetivo es fomentar, promover e innovar en la fiesta fallera. Se alinea con el Plan Estratégico de Subvenciones y refuerza la actividad de las comisiones mediante apoyo directo a sus gastos pirotécnicos.
Las ayudas están dirigidas a todas las comisiones de falla registradas como entidades sin ánimo de lucro en València e integradas en la Junta Central Fallera. Para acceder a ellas, deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas. Esto debe ser al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Gastos subvencionables y cuantías
El gasto mínimo subvencionable se establece en 4.000 euros (IVA incluido). La convocatoria permite cubrir hasta el 100% de la base imponible de los gastos justificados, con un máximo de 3.000 euros por comisión.
Entre los gastos subvencionables se incluyen todas las actividades propias de la pirotecnia fallera. Desde mascletàs y cremàs hasta castillos, correfocs, cordàs, despertàs o cualquier otro coste relacionado con material pirotécnico utilizado durante las Fallas 2026.
Procedimiento y plazos para solicitar las ayudas
Las comisiones interesadas deberán presentar su solicitud de forma telemática, con firma electrónica avanzada y la documentación requerida, incluida una declaración responsable. La justificación de las ayudas deberá incorporar facturas, acreditación de pago y pruebas de difusión pública de la ayuda. Esto puede ser a través de publicaciones en redes, web, llibrets o cartelería.
El procedimiento se realizará en concurrencia competitiva. Habrá listas provisionales y definitivas, periodos de subsanación y posibilidad de presentar recursos. La convocatoria se publicará en la BDNS, el Boletín Oficial de la Provincia, la Sede Electrónica, la web del Ayuntamiento y la de la Junta Central Fallera. El plazo para solicitar la subvención será de 20 días naturales desde el día siguiente a su publicación en el BOP.






