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martes, diciembre 23, 2025

El TSJCV anula la parte del Plan del Cabanyal sobre la implantación de pisos turísticos

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En consecuencia, ha invalidado varios artículos de dicho Plan que restringían la implantación de viviendas turísticas en este emblemático barrio valenciano
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de Viviendas de Alquiler para Estancias Cortas de la Comunitat Valenciana (AVAEC) contra el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar, según la sentencia n.º 360/2025 de 25 de junio de 2025.

En consecuencia, el TSJCV ha anulado varios artículos de dicho Plan que restringían la implantación de viviendas turísticas en este emblemático barrio valenciano.

Este fallo supone «un importante triunfo jurídico para AVAEC en su labor de defensa de los derechos del sector de la vivienda turística».

AVAEC, impulsó esta acción con el objetivo de garantizar un marco normativo «justo y respetuoso con la legalidad vigente».

Con esta sentencia favorable, la asociación «reafirma la seguridad jurídica de los operadores turísticos y protege los derechos de sus asociados, destacando una vez más su papel como agente activo en la búsqueda de regulaciones equilibradas para el alquiler de corta estancia».

Motivos de la anulación parcial del Plan

La decisión del TSJCV de anular parcialmente el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar se basa en la omisión de un informe preceptivo en materia turística durante su tramitación.

De acuerdo con la Ley 15/2018 de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana, era obligatoria la emisión de un informe por parte de la administración turística competente antes de aprobar un plan urbanístico que afectase a los usos turísticos.

El Tribunal ha considerado que la ausencia de este informe vulneró la legalidad del procedimiento, por lo que ha invalidado aquellas disposiciones del Plan relacionadas con la regulación de las viviendas turísticas así como con la de otros usos terciarios hoteleros.

Disposiciones urbanísticas anuladas

La sentencia anula en concreto las normas urbanísticas del Plan Especial que imponían restricciones a las viviendas de uso turístico en el barrio. Entre las disposiciones suprimidas por el TSJCV se encuentran:

  • La prohibición de implantar viviendas turísticas en el ámbito del Cabanyal-Canyamelar.
  • La limitación cuantitativa, que fijaba un tope máximo del 10% de viviendas turísticas por manzana o bloque en el barrio.
  • Otras regulaciones específicas sobre apartamentos y usos turísticos incluidas en el Plan, como ciertas restricciones de uso hotelero (subzona Entorno Piscinas) y las condiciones detalladas para las viviendas de uso turístico (artículos I.43 a I.46 del Plan).

Al anular estas medidas, la resolución judicial elimina las trabas que impedían o limitaban la actividad de alquiler vacacional en buena parte del Cabanyal-Canyamelar, devolviendo certidumbre a los propietarios y empresas del sector.


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