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jueves, 2 mayo 2024

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Zaplana pide mandar Erial a la AN y el tribunal se opone: ‘El delito principal ocurre en Valencia’

Los jueces rechazan también declarar nulo el registro en el despacho en el que se hallaron los 'papeles del sirio'

El abogado del expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro con el PP Eduardo Zaplana ha solicitado que el caso Erial se enjuicie en la Audiencia Nacional, órgano que estima “competente” para tramitar este procedimiento: “En Valencia no ha aparecido un duro del supuesto blanqueo de capitales”, ha puesto como ejemplo. Sin embargo, el tribunal se ha opuesto.

Esta ha sido la primera cuestión previa planteada por el letrado de Zaplana en el juicio que ha arrancado este jueves en la Audiencia de Valencia contra el ‘expresident’ y otras 14 personas más por el caso Erial, en el que se ha investigado el supuesto cobro de más de 10 millones de euros en comisiones derivadas de concesiones de ITV y parques eólicos de la Comunitat Valenciana.

En su intervención, el abogado de Zaplana –acusado para el que el ministerio fiscal pide 19 años de prisión– ha pedido que se envíe la causa de Erial a la Audiencia Nacional por cuestión de competencia ya que entiende que los presuntos hechos delictivos se cometieron básicamente en el extranjero.

De no mandarse la causa a Madrid se podría incurrir en la nulidad del juicio, ha advertido, y ha puesto como ejemplo una resolución de una de las piezas del conocido como caso Emarsa sobre la que la Audiencia mandó a Madrid al haberse cometido el delito en Andorra. El letrado se ha respaldado en más jurisprudencia de casos como Petronor y ha recordado que la Audiencia Nacional se ocupa de supuestos casos de corrupción como Gürtel, muy vinculados a la Comunitat, o Púnica y el caso Koldo.

El letrado ha detallado los delitos que el fiscal atribuye a su representado –cohecho, blanqueo de capitales, pertenencia a grupo criminal y falsedad– y ha intentado situar dónde se han cometido. Respecto al de cohecho, ha afirmado que tuvo lugar en el extranjero ya que el propio ministerio público asegura en su escrito que una vez que las sociedades investigadas obtenían sus beneficios, se transferían a Luxemburgo. “El delito de cohecho se ha consumado en Luxemburgo y lo dice el fiscal apoyado en multitud de atestados de la Guardia Civil”, ha afirmado.

En relación con el delito de blanqueo, el letrado ha indicado que “en Valencia no ha aparecido ni un duro del supuesto blanqueo. De haberlo, se comete en Luxemburgo, fuera del territorio nacional y la competencia para investigarlo y enjuiciarlo sería la Audiencia Nacional”, ha insistido.

Además, sobre los delitos de grupo criminal y prevaricación, el abogado ha indicado: “Lo único que tendríamos en Valencia sería la prevaricación suponiendo que supiéramos cuál es puesto que no sabemos todavía cuál fue la resolución injusta que dictó Zaplana”, ha insistido.

Frente a esta petición, el fiscal se ha opuesto y ha defendido que la causa debe seguir en Valencia porque “debe primar la territorialidad donde se ha producido el delito”. “Los hechos se cometieron aquí, los relacionados con el cohecho. Se paga porque se han predeterminado conciertos y adjudicaciones de carácter público y se pagan en Valencia con independencia de dónde se traslade el Valencia”, ha dicho.

Y ha añadido: “El cohecho se produjo con el simple acuerdo y desde Valencia se transfirieron los fondos a Luxemburgo. Pero aquí es donde se conciertan para la adjudicación de una serie de contrataciones públicas”, ha repetido. Además, ha advertido de que parte del dinero se retorna a España a través de ampliaciones de capitales y de la creación de sociedades. Sobre el resto de delitos, el ministerio público ha señalado que no se pueden ir disgregando: “Son delitos conexos en una única causa”.

El tribunal, tras escuchar a las partes, ha decidido no aceptar la petición de mandar la causa a la Audiencia Nacional porque el delito principal, el cohecho, se cometió en Valencia y los delitos accesorios son conexos y siguen al principal.

Nulidad de los “Papeles del Sirio”

En segundo lugar, el letrado de Zaplana ha planteado la nulidad de los documentos intervenidos en el despacho del exabogado del exgerente de Imelsa, Marcos Benavent, autodenominado ‘yonki del dinero’, en el marco de la causa que investigaba otro juzgado de València. Se trata de los conocidos como ‘papeles del sirio’ –que dieron origen a la causa– y son, para los investigadores de Erial, una ‘hoja de ruta’ para el amaño de las licitaciones y el cobro de las comisiones ilegales.

El letrado del ‘expresident’ ha afirmado que es “aberrante” que un juzgado que investigaba otro procedimiento –Imelsa– permitiera la entrada y registro del despacho del exletrado de Benavent al entender que podía haber documentos de interés para este procedimiento. En cualquier caso, ha subrayado que Zaplana no aparecía en esa presunta ‘hoja de ruta’ ni se ve el delito que pudo haber cometido. A esta petición de nulidad se han sumado otras defensas que han calificado esta investigación de “prospectiva” y han criticado que se haya efectuado “contra todo lo que rige el Estado de derecho”.

El fiscal ha lamentado al respecto que “la mayoría de letrados defienden derechos ajenos porque ninguno ha sido objeto de ninguna entrada y registro”. En este caso, ha subrayado, la persona titular del domicilio que se registró “en ningún momento manifestó vulneración de derecho alguno ni señaló que se hubieran sustraído documentos que afectaban a la defensa de su cliente”.

En cualquier caso, el ministerio público ha puntualizado que la ‘hoja de ruta’ no apareció “únicamente” con estos papeles, sino que cuando Zaplana fue detenido “también se le intervinieron documentos de similares características”, ha dicho. “No hay ningún tipo de nulidad en este sentido y la Policía actuó correctamente”, ha insisto el fiscal. El tribunal, tras escuchar a las partes, ha decidido inicialmente no admitir la petición de nulidad aunque ha señalado que el fondo del asunto se abordará cuando se dicte la sentencia.

La tercera cuestión previa que ha planteado el abogado de Zaplana ha estado relacionada con el delito de falsedad continuado en documento oficial y mercantil que se atribuye a su representado. Al respecto, ha lamentado que desconoce qué documentos pudo falsificar Zaplana porque no se indican. Además, ha matizado que el ‘expresident’ “no tenía la más mínima competencia” en los procedimientos administrativos, por lo que ha pedido la nulidad de las imputaciones del delito de falsedad por no estar definidas y vulnerar el derecho de defensa. El fiscal se ha opuesto y el tribunal ha dado la razón al ministerio público.

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