Evolucionamos y, con nosotros, también las normas. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que mañana, 21 de marzo, entra en vigor la nueva Normativa de Tráfico en España. Se trata de una pequeña modificación en algunas normas para garantizar la seguridad de toda la ciudadanía en la carretera.
Las normas que han cambiado al volante son:
Seguridad y conducción
En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos
El móvil también quita puntos, si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva también la pérdida de 6 puntos
Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.
Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Ciclomotor
La nueva normativa asegura que los conductores de motos o ciclomotor pueden utilizar dispositivos inalámbricos certificados en el casco de protección para fines de comunicación o navegación. Además, no usar el casco o hacerlo de forma inadecuada te hará perder 4 puntos.
Vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos) y bicicletas
Si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.



