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viernes, enero 16, 2026

La Generalitat ejerce la acción popular por el asesinato de Natividad H.T. como víctima de violencia sobre la mujer

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El Consell aprueba la propuesta de actuación institucional de la Conselleria de Igualdad en caso de asesinatos de mujeres víctimas de violencia de género

El Pleno del Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a ejercer la acción popular en el caso relacionado con el asesinato en Catarroja de Natividad H.T., víctima de violencia sobre la mujer. Este asesinato ocurrió en diciembre de 2025.

La violencia sobre la mujer constituye un problema de ámbito social público de interés general. Por ello, obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr su plena erradicación.

El objetivo de la actuación institucional de la Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad en caso de asesinatos de mujeres es aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia sobre la mujer. Esto se da en aquellos casos en que se produzca la muerte de una mujer o de sus hijos o hijas en la Comunitat Valenciana.

Ley Integral contra la Ciolencia sobre la Mujere

El artículo 36 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece que la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat el ejercicio de la acción popular, a través de la Abogacía General de la Generalitat, o de abogadas o abogados colegiados. Esto se aplicará en estos supuestos de agresiones físicas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

La Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, 7/2012, de la Generalitat, establece en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales que se sigan por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte. Así mismo, lo hará en aquellos casos en los que se genere alarma social o se causen lesiones graves e invalidantes. 

Asimismo, la Ley 10/2005, de Asistencia Jurídica de la Generalitat, dispone que corresponde a los abogados y abogadas de la Generalitat, integrados en la Abogacía General de la Generalitat, la representación y defensa en juicio.