La jueza que instruye la causa penal por la DANA del 29 de octubre de 2024 ha desestimado el recurso presentado por la defensa de la exconsellera Salomé Pradas y ha acordado mantener la prueba pericial caligráfica dirigida a determinar la autoría de unas notas manuscritas incorporadas al sumario.
En esos apuntes figuran referencias a las indicaciones que se debía trasladar a la población durante aquella jornada.
En un auto dictado este miércoles, la magistrada considera que la diligencia sigue siendo pertinente pese a que Pradas manifestara en su momento que reconocía la autoría de esas notas.
Según razona la instructora, la exconsellera no llegó a reconocer expresamente la autoría “de su puño y letra” del documento manuscrito conservado por el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, ya que ese escrito no formaba parte de las actuaciones cuando declaró como investigada el 11 de abril de 2025 y no se le preguntó por él.
Apuntes sobre avisos a la población
Entre las anotaciones recogidas en esas notas manuscritas pueden leerse referencias a evitar desplazamientos en la provincia de Valencia, recomendar a la población permanecer en sus domicilios, menciones a comarcas como la Ribera Alta, Ribera Baixa, l’Horta Sud y la Hoya de Buñol, así como advertencias para alejarse de los cauces, subir a primeras plantas y la movilización de la UME.
También aparece tachada lo que parece ser la palabra “confinamiento”, sobre la que figura la expresión “permanencia en casas”. La jueza recuerda además que en el careo celebrado el pasado 12 de enero entre Pradas y el exjefe de gabinete del expresident Carlos Mazón se mencionó el llamado “tarjetón” de Suárez, aunque sin que existiera un reconocimiento expreso de autoría.
La magistrada rechaza igualmente que el escrito presentado por la representación procesal de la exconsellera pueda sustituir a una manifestación personal o a una comparecencia expresa sobre la autoría del documento. Añade además que, aunque Pradas la reconociera, ello no impediría la práctica de una diligencia que considera pertinente.
El auto insiste en el retraso del mensaje de alerta
Uno de los aspectos centrales del auto vuelve a ser el momento en que pudo haberse enviado el mensaje de alerta a la ciudadanía. La jueza insiste en que a Salomé Pradas no se le reveló a las 20.00 horas por parte de un técnico un sistema para alertar a la población, sino que ese mecanismo estaba ya sobre la mesa del Cecopi desde las 17.20 horas.
Según subraya la resolución, se trataba de un sistema “plenamente operativo” que no requería validación estatal ni autorización de ninguna autoridad estatal. La magistrada pone el foco en la sucesión de propuestas y envíos del mensaje y considera especialmente grave que se pudiera haber lanzado ya a las 17.20 horas un aviso con el contenido que reflejaba el cuaderno de Jorge Suárez.
A juicio de la instructora, ese mensaje habría sido plenamente efectivo, ya que incluía recomendaciones como subir a pisos altos, una indicación que, según expone, daba idea del nivel que podía alcanzar el agua, al menos dos metros. De ahí deduce que bajar a garajes, permanecer en plantas bajas o circular por carretera constituía un riesgo evidente que debía haberse excluido con claridad.
La jueza extiende la crítica a la dirección de Emergencias
La resolución señala además que Pradas no se limitaba a ser una mera testigo del envío del mensaje, sino que aprecia en ella una voluntad de control. La magistrada también incluye dentro de la falta de avisos a la población al otro investigado en la causa, el exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, que era director del plan en las situaciones de preemergencia y en los niveles 0 y 1 de emergencia.
La jueza remarca que, pese a los avisos rojos de Aemet para tres zonas de la provincia de Valencia durante la mañana del 29 de octubre de 2024, no hubo medidas coordinadas desde la Conselleria de Emergencias en ámbitos como Educación, Medio Ambiente, Transportes, residencias de mayores o usuarios de teleasistencia.
Nuevos testigos y salida de HazteOir
En otra diligencia de ordenación, el juzgado ha citado como testigos a varias personas, entre ellas tres bomberos forestales, dos policías, la exalcaldesa de Chiva para el 22 de mayo y la directora del centro de día de Picanya para el 25 de mayo.
Además, otra resolución acuerda apartar del procedimiento a la acusación popular ejercida por la asociación HazteOir.org.



