La defensa de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas ha presentado un recurso de apelación contra la decisión de la jueza que instruye la causa penal por la gestión de la DANA de mantener la prueba caligráfica sobre una nota manuscrita incorporada al procedimiento, en la que se recogen las indicaciones que debían trasladarse a la población a través del mensaje Es-Alert.
En esa nota se detallan recomendaciones como evitar desplazamientos en la provincia de Valencia y la conveniencia de que la población permaneciera en sus domicilios ante la previsión de un episodio de lluvias intensas.
También figuran mencionadas las comarcas de la Ribera Alta y Baixa, Horta Sud y la Hoya de Buñol, lo que refleja que el documento pretendía acotar las zonas más expuestas al riesgo por la DANA y orientar las advertencias a los territorios concretos donde se preveían mayores afecciones.
Consejos de autoprotección
El manuscrito incluye además consejos de autoprotección, como alejarse de los cauces de ríos y barrancos y situarse en plantas superiores de las viviendas para reducir el riesgo de inundación en caso de crecidas repentinas. Junto a estas pautas se alude a la posible movilización de la Unidad Militar de Emergencias, lo que indica que la nota recogía tanto medidas de protección ciudadana como previsiones sobre la activación de recursos de emergencia.
En el texto aparece tachada la que parece ser la palabra confinamiento y, sobre ese borrado, se ha escrito permanencia en casas. Este cambio muestra que se reformuló la expresión inicialmente prevista para las indicaciones a la población, optando por una formulación que, según se deduce del propio contenido, pretendía insistir en que la gente no saliera de sus viviendas sin emplear un término con mayores implicaciones jurídicas y sociales.
La jueza acordó la práctica de la prueba caligráfica con el fin de comprobar si la nota había sido redactada por la entonces titular de Justicia e Interior. Sin embargo, la propia Pradas reconoció esa autoría y pidió no someterse a la pericia, al considerar innecesaria una comprobación adicional sobre un extremo que ya daba por admitido ante el juzgado.
Recurso de apelación contra la prueba caligráfica
La instructora mantuvo no obstante la citación para la prueba, al entender que resultaba necesaria para la investigación y para asegurar de manera objetiva la procedencia del manuscrito. Frente a esa decisión, la defensa de Pradas ha optado por recurrir en apelación al considerar que ya no hay duda sobre quién escribió la nota y que la diligencia no aportaría información relevante añadida a la causa.
En su recurso, la representación legal de la exconsellera recuerda que se ha presentado un acta notarial en la que Pradas reconoce la autoría del escrito y sostiene que la prueba caligráfica no cumple los requisitos de licitud, pertinencia y necesidad. A su juicio, la existencia de ese documento notarial hace redundante la pericia, de modo que su práctica no estaría justificada y, en consecuencia, debería dejarse sin efecto dentro de la instrucción del caso sobre la gestión de la DANA y el uso del sistema Es-Alert.




