Multa de 3.900 euros y tres años de alejamiento por injurias a la exconsellera Bravo

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El caso se enmarca en unos mensajes vejatorios difundidos en abril de 2023 en la red social entonces conocida como Twitter, ahora X

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre por injurias a la exconsellera de Justicia Gabriela Bravo a través de mensajes publicados en redes sociales.

El tribunal le impone una multa de 900 euros, una indemnización de 3.000 euros a favor de Bravo y una orden de alejamiento de tres años, que le prohíbe aproximarse a la exconsellera durante ese periodo.

La resolución se dictó de forma oral este miércoles, tras alcanzar las partes una conformidad en la vista.

Este tipo de acuerdo implica que el acusado acepta los hechos y la pena propuesta, lo que permite cerrar el procedimiento sin necesidad de celebrar un juicio completo. A cambio de esa conformidad, la defensa logra habitualmente una rebaja respecto a la petición de condena inicial formulada por la acusación.

El caso se enmarca en unos mensajes vejatorios difundidos en abril de 2023 en la red social entonces conocida como Twitter, ahora X. Según la sentencia, el contenido de ese tuit suponía una ofensa directa y grave contra la dignidad de la exconsellera, a la que se atacaba en su condición de autoridad pública y de mujer. Por ello, la Audiencia califica los hechos como delito de injurias a autoridad pública con agravante de género.

Rebaja de calificación y borrado de contenidos en redes

En un principio, la Fiscalía había solicitado para el procesado una pena notablemente más severa: un año y tres meses de prisión. Le acusaba de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución, es decir, un delito de odio relacionado con la expresión de mensajes discriminatorios en el espacio público digital.

Sin embargo, en el desarrollo del procedimiento esa calificación se ha rebajado finalmente a un delito de injurias, lo que ha permitido sustituir la pena de prisión por una sanción exclusivamente económica. De este modo, la condena se concreta en el pago de la multa y la indemnización civil, junto con la orden de alejamiento y otras medidas de carácter complementario.

Orden de borrar las direcciones electrónicas

Entre esas medidas, la Audiencia ordena el borrado de las direcciones electrónicas (URL) que alojaban las expresiones vejatorias en la publicación de abril de 2023. La supresión de esos contenidos pretende evitar su difusión continuada en el tiempo y reducir el impacto de la ofensa, algo especialmente relevante cuando los hechos se producen en redes sociales, donde los mensajes pueden replicarse y mantenerse accesibles indefinidamente.

En su escrito de acusación, la fiscal delegada de delitos de odio, Susana Gisbert, subrayó que Gabriela Bravo se sintió fuertemente menospreciada y humillada. La representante del Ministerio Público destacó que el daño fue mayor porque las expresiones no solo se divulgaron en una red social de amplio alcance, sino que además tuvieron repercusión pública debido al cargo que entonces ocupaba Bravo como responsable de Justicia y a su condición de pareja del expresident de la Generalitat Ximo Puig, un hecho público y conocido. Estos elementos, a juicio de la Fiscalía, incrementaron la gravedad de la ofensa y el alcance de las injurias proferidas.


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