La Justicia descarta investigar por prevaricación al excomisionado de la DANA José María Ángel

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Un juzgado de Valencia ha rechazado investigar por prevaricación y nombramiento ilegal al excomisionado de la DANA José María Ángel y mantiene la causa centrada en la presunta falsedad documental de un título de 1983.

Un juzgado de Valencia ha rechazado ampliar la investigación penal al excomisionado de la DANA, José María Ángel, a los delitos de prevaricación y nombramiento ilegal, y ha decidido mantener la causa limitada a la supuesta falsedad documental de un título académico datado en 1983.

Según recoge el auto, notificado este viernes por el titular de la Plaza 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia, no se ha apreciado ningún indicio de que las personas que firmaron los decretos de nombramiento conocieran la eventual falsedad o la falta de titulación universitaria de Ángel.

La Fiscalía había solicitado que se ampliara la investigación para incluir posibles delitos de prevaricación y nombramiento ilegal, al considerar relevante el contexto de los nombramientos vinculados al cargo de excomisionado de la DANA. Sin embargo, el juez ha descartado esa ampliación al no ver base suficiente para dirigir la causa en esa dirección.

El procedimiento penal se ha abierto por la presunta falsificación, en el año 1983, de un título de diplomado que José María Ángel habría utilizado posteriormente durante su trayectoria en la Administración. La investigación se centra en determinar si ese documento es falso y si se ha empleado para acceder a la función pública o mejorar sus condiciones laborales.

Argumentos del juez

En la resolución, a la que ha tenido acceso el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el magistrado destaca que no hay rastro de que los responsables políticos o administrativos que firmaron los decretos supieran de la posible falta de titulación.

El auto subraya que, para poder valorar la existencia de prevaricación o de nombramiento ilegal, sería necesario acreditar que quienes dictaron o firmaron los actos administrativos conocían la falsedad del documento o la carencia del título exigido. Sin esa conexión, razona el juez, no puede hablarse de una resolución injusta dictada a sabiendas, que es el núcleo del delito de prevaricación.

El juez cita expresamente que ‘precisamente el hecho de que se atribuya el uso de un documento falso al investigado, al objeto de obtener el acceso a la función pública, a las renovaciones o complementos salariales indica precisamente lo contrario: un desconocimiento de los firmantes de los decretos de la ausencia de la titulación universitaria del investigado’.

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De este modo, la resolución judicial entiende que, si el propio auto atribuye al investigado el uso de un documento supuestamente falso para presentarlo como acreditación de su formación universitaria, ello apunta a que el resto de intervinientes en los nombramientos no estaba al tanto de esa posible irregularidad.

Causa centrada en la presunta falsedad documental

Con este razonamiento, el juzgado de Valencia ha decidido que la causa siga centrada exclusivamente en la posible comisión de un delito de falsedad documental vinculado al título de diplomado de 1983.

La investigación se orienta ahora a aclarar cómo se habría generado ese título, si su contenido es veraz y de qué forma se habría utilizado posteriormente en los diferentes trámites administrativos, como procesos de acceso a la función pública, renovaciones de puesto o solicitudes de complementos salariales.

El auto deja la puerta abierta a que, si en el futuro aparecieran nuevos indicios que apunten a un conocimiento efectivo de la falsedad por parte de quienes firmaron los decretos, pudiera reconsiderarse el alcance de la investigación. Por el momento, no obstante, el procedimiento penal se ha limitado a esclarecer la autenticidad del documento académico atribuido a José María Ángel y su eventual uso en la Administración pública.