La Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento de València ha aprobado por unanimidad la modificación de la Ordenanza de Mercados de Distrito. La reforma reduce del 20 % al 10 % el porcentaje máximo de puestos destinados a productos no alimentarios y actualiza los horarios generales de estos espacios. El texto todavía debe recibir el visto bueno del Pleno municipal antes de entrar en vigor. 1020 Ordenança de Mercats de Di…
La modificación responde a las peticiones planteadas por la Confederación de Mercados Tradicionales de la Comunitat Valenciana (Confemercats) e incorpora alegaciones de los grupos políticos municipales. El objetivo es adaptar la normativa a las necesidades actuales del sector. La reforma continúa así el proceso de actualización de la ordenanza de mercados de València que el Ayuntamiento y los representantes de los vendedores han abordado durante los últimos meses.
Los puestos no alimentarios bajan hasta un máximo del 10 %
Uno de los principales cambios afecta a la composición comercial de los mercados. El porcentaje máximo de puestos dedicados a productos no alimentarios pasa del 20 % al 10 %. Con esta medida, la normativa busca reforzar el carácter alimentario de los recintos y su papel como espacios para la compra cotidiana de productos frescos y de alimentación.
La ciudad dispone de una amplia red de mercados municipales de distrito repartidos por diferentes barrios. La nueva regulación pretende adaptar su funcionamiento a las particularidades actuales de la actividad comercial.
La modificación también establece una franja general de apertura entre las 7.30 y las 15.00 horas, con un mínimo de seis horas de actividad. Sin embargo, el texto permite acordar adaptaciones con las asociaciones de vendedores para atender las circunstancias específicas de cada mercado.
Esta flexibilidad busca facilitar una organización del trabajo compatible con las necesidades comerciales y con el funcionamiento de cada recinto. Los horarios podrán ajustarse, por tanto, mediante acuerdos con las asociaciones correspondientes.
La aprobación de la Comisión de Patrimonio no supone todavía la entrada en vigor de estas medidas. El texto debe elevarse ahora al Pleno municipal y completar su tramitación. Tanto el nuevo límite para los puestos no alimentarios como los horarios solo serán aplicables después de la aprobación definitiva y de su publicación oficial. Las condiciones y los plazos concretos quedarán fijados en la ordenanza una vez concluya el procedimiento.


