La Junta de magistrados de la Audiencia Provincial de Valencia ha acordado este viernes la unificación de criterios para la aplicación de la reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 10/22 de garantía integral de la libertad sexual.
La Audiencia de Valencia revisará, a raíz de la ley del ‘solo sí es sí’, las sentencias firmes cuando lo soliciten las partes de oficio o el tribunal crean que exista una “expectativa razonable” de revisión y aplicará en cada caso las penas más favorables al reo, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia.
Este órgano, que ha estado presidido por la presidenta de la Audiencia Provincial, Esther Rojo, ha acordado que se revisarán las sentencias firmes en las que el penado esté cumpliendo la pena o pendiente de cumplirla “siempre que lo soliciten las partes y, también, cuando el tribunal, de oficio, considere existente una expectativa razonable de revisión de la condena, y se aplicará la disposición legal más favorable al reo”.
En este proceso de revisión explican que se oirá al penado, a su defensa, al Ministerio Fiscal y al resto de partes que formularon acusación.
Las resoluciones que se dicten modificando las penas serán notificadas a las víctimas.




