La Audiencia de Valencia ha ordenado reabrir la causa por presunto blanqueo de capitales contra el exconseller valenciano Rafael Blasco, investigado por una supuesta comisión ilícita de 600.000 euros que habría cobrado en enero de 2008 de una promotora inmobiliaria implicada en el caso Azud, a partir de datos bancarios obtenidos por la Guardia Civil en Suiza.
Con esta decisión, la Sección Tercera de la Audiencia ha revocado el archivo que había acordado el Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia. Ese juzgado había considerado que los hechos estaban prescritos, al situar las actuaciones investigadas entre 2008 y 2012 y fijar como última relación relevante el 16 de julio de 2012.
La Fiscalía recurrió ese archivo y la Audiencia ha estimado ahora su recurso. Según el auto, el Ministerio Fiscal entiende que es necesario seguir el rastro del dinero para aclarar el posible delito. En concreto, considera que es procedente averiguar el destino de los fondos y su eventual transformación para determinar si Rafael Blasco ha podido cometer un delito de blanqueo de capitales y fijar con precisión el momento de comisión del delito a efectos de prescripción.
Cómputo de la prescripción del blanqueo
La Sala recuerda en su resolución que no se puede analizar la prescripción de actos aislados de blanqueo. Según el auto, debe examinarse toda la actividad de lavado en su conjunto y valorar la prescripción, si procede, tomando como referencia la fecha de la última acción de blanqueo ejecutada.
Por ello, la Audiencia concluye que, si el delito dejó de cometerse el 16 de julio de 2012, la infracción de blanqueo atribuida todavía no ha prescrito. La resolución cita el artículo 131.1 del Código Penal, que establece que prescriben a los quince años los delitos cuando la pena máxima prevista sea la de inhabilitación por más de diez años.
El tribunal considera, en consecuencia, que resulta procedente admitir el recurso de la Fiscalía para permitir la reapertura de las actuaciones. El auto indica que deben practicarse las diligencias de investigación que se consideren oportunas para aclarar los hechos investigados y precisar el alcance de los movimientos de dinero vinculados a las cuentas analizadas.
La resolución ordena, por tanto, retomar la instrucción en el juzgado y continuar con las pesquisas sobre el presunto cobro de la comisión de 600.000 euros. El objetivo es determinar el recorrido completo de esos fondos, su posible transformación y si se han utilizado mecanismos para ocultar su origen. El auto también especifica que contra esta decisión de la Audiencia de Valencia no cabe ulterior recurso.






