La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un total de 147 años y medio de cárcel y al pago de multas que suman más de 784 millones de euros a los 14 acusados de introducir un alijo de cocaína intervenido en un contenedor en el Puerto de València en agosto de 2020.
La sentencia, dictada por la Sección Tercera, llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) anulase en abril la resolución absolutoria anterior y ordenase a la Audiencia dictar una nueva resolución en la que valorase todas las pruebas practicadas, incluidas las conversaciones mantenidas a través de la plataforma de mensajería cifrada Sky ECC.
La causa se centra en la entrada de un cargamento de droga oculto en contenedores mediante el sistema conocido como gancho perdido o ripp-off, un método que consiste en introducir la sustancia estupefaciente en mercancías legales sin conocimiento del destinatario final para recuperarla posteriormente en el puerto de llegada.
Condenas de hasta 16 años de prisión
El fallo considera a Fernando M.S. y a Onofre G.R. responsables, en concepto de autores, de un delito contra la salud pública relativo a sustancia que causa grave daño a la salud, cometido como jefes de una organización criminal y en un supuesto de extrema gravedad.
Por estos hechos, la Audiencia impone a Fernando M.S. una pena de 16 años de prisión y dos multas que suman 60 millones de euros. En el caso de Onofre G.R., la condena asciende a 13 años y medio de cárcel y dos multas por un importe total de 55 millones de euros.
Al resto de acusados, el tribunal les impone penas de entre 10 y 7 años de prisión, además de multas individuales de 52,8 millones de euros. En conjunto, las condenas alcanzan los 147 años y medio de cárcel y una multa global de 784,6 millones de euros.
La resolución también condena a cada uno de los acusados al pago de una quinceava parte de las costas procesales causadas.
El papel de Sky ECC en la investigación
La Audiencia había declarado inicialmente nulas las evidencias procedentes de Sky ECC al considerar que los datos digitales remitidos por las autoridades francesas, en respuesta a una Orden Europea de Investigación cursada por un juzgado de Instrucción de València, carecían en origen de firma digital.
Sin embargo, el TSJCV corrigió este criterio y concluyó que la falta de acceso a los datos brutos de Sky ECC no podía equipararse por sí sola a una situación de indefensión para las defensas.
Tras esa decisión, la Sección Tercera ha procedido a valorar la prueba de cargo derivada de la Orden Europea de Investigación y ha concluido que esa valoración permite aceptar como probados los hechos objeto de acusación.
Según recoge la sentencia, para la planificación de la operación era esencial emplear un método seguro de comunicación entre los acusados. El tribunal considera probado que se sirvieron del sistema de comunicación encriptada Sky ECC, instalado en distintos terminales móviles, para intercambiar instrucciones e información necesaria para el desarrollo de la operación.
Una operación vinculada a 1.650 kilos de cocaína
La sentencia señala que, antes de agosto de 2020, los acusados organizaron la importación y rescate de una importante partida de cocaína, cifrada en 1.650 kilos, oculta en dos contenedores mediante el sistema de gancho perdido.
El fallo considera probado que Fernando M.S. actuó como figura principal del entramado y fue quien contactó con la organización en origen, en Colombia, para negociar tanto el precio del servicio de rescate como la cantidad de cocaína que adquiriría la organización formada por los acusados.
La intervención policial se produjo el 25 de agosto de 2020 en el Puerto de València, donde fueron localizados 117 kilos de cocaína en un contenedor. La Audiencia vincula este alijo con la organización investigada y con la operativa diseñada para introducir y extraer la droga antes de que la mercancía llegara a su destinatario final.


