Se tenía que poner este debate sobre la mesa, y se puso. Tristemente, ha tenido que ser gracias a una famosa como Ana Obregón, aunque diferentes familias y asociaciones a lo largo y ancho de este país clamaban a gritos desde hace tiempo un debate tranquilo y sosegado de esta realidad que ha llegado para quedarse.
El resultado inmediato no se ha hecho esperar: un tsunami mediático con multitud de mensajes inexactos o falsos, porque todos hablan pero nadie escucha. Para empezar, se trata de una técnica de reproducción humana medicamente asistida, denominada gestación subrogada o por sustitución, y así es como la reconoce la OMS, el código deontológico español, diferentes sociedades médicas de reproducción humana, la propia Ley de salud sexual y reproducción humana etc…
La utilización de una terminología diferente -vientre de alquiler- implica un señalamiento, odio, estigmatización y acoso no solo de las mujeres que de forma informada, voluntaria y consciente han intervenido en estos procesos, sino también hacia los menores y sus familias.
Todas aquellas practicas que impliquen la suplantación de identidad, la vulneración de los derechos de las mujeres o el aprovechamiento de su situación, para la cesión de un bebe a personas o parejas, NO SON CASOS de gestación subrogada, y deben de ponerse en conocimiento de las autoridades pertinentes.
Hay regulaciones de los procesos de gestación subrogada, más restrictivas o más laxas, más desarrolladas o menos, con o sin compensación económica al esfuerzo que hacen estas mujeres por el prójimo.
La compensación podría ser tema de debate, pero no motivo de prohibición de esta técnica, puesto que hoy en día hay muchas actividades altruistas que se compensan -donación de semen por ejemplo- y no se prohíben. Por tanto, la existencia de una compensación económica por medio, no convierte estrictamente la gestación subrogada como proceso negativo.
La asociación de familias SON NUESTROS HIJOS, quiere puntualizar, sobre casos de gestación subrogada desarrollados concretamente en EEUU que:
La regulación sobre gestación subrogada difiere entre estados, siendo que la sentencia de filiación del menor puede emitirse antes o después del nacimiento según el lugar.
- Desde el primer momento, en la partida de nacimiento figuran los padres intencionales, por lo que no se trata de una adopción.
- Las gestante NO aporta el ovulo, siendo éste o bien de una donante ajena o de la propia madre de intención.
- Las mujeres que donan su capacidad de gestar, esto es, las mujeres gestantes, han debido de parir previamente, y sus embarazos han debido de ser absolutamente normales, sin ningún problema.
- Las mujeres gestantes, deben de pasar una evaluación psicológica y unos procesos de verificación, que ratifiquen que están seguras y preparadas para llevar a cabo un embarazo de un embrión ajeno, y que tienen una estabilidad familiar y económica favorable que no les empuje a hacerlo por necesidad.
- En el caso de estar recibiendo alguna ayuda o subsidio económico estatal, son directamente descartadas para realizar un proceso de gestación subrogada.
- El contrato que firman ambas partes es elaborado de forma consensuada tanto por los abogados de los padres intencionales como de la propia gestante. En este, se contemplan todas las situaciones hipotéticas con el fin último de proteger a la mujer que dona su capacidad de gestar. Este aspecto es muy importante, puesto que contrariamente a lo que se dice, el efecto del acuerdo entre las partes, busca garantizar inequívocamente la seguridad y los derechos de la mujer que gesta en primer lugar, del futuro menor y en ultimo lugar de los padres de intención.
Esperamos que los partidos políticos y la sociedad sepa diferenciar los dos grandes temas que se han puesto sobre la mesa: La existencia de una técnica de reproducción humana llamada gestación subrogada, y la cuestión sobre hasta que edad seria ético poder recurrir a cualquier técnica medica de reproducción.