El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que falló a favor de saldar una deuda con sexo oral está permitido.
El Tribunal Constitucional no ha querido entrar a valorar si la práctica de sexo oral es legal o no, y ha decidido archivar el caso, puesto que «no tiene importancia constitucional suficiente». Por consiguiente, con esta decisión ha avalado la sentencia del TSJ de Baleares y por tanto se trata de una maniobra que puede realizarse.
La Audiencia de Palma defendió que saldar una deuda con felaciones no era constitutivo de delito. Así, desestimó el recurso interpuesto, descartando la existencia de un delito continuado de coacciones.
Un hombre exigió a su excuñada que le hiciera felaciones para saldar una deuda
Los hechos de este recurso ocurrieron el septiembre de 2019, cuando una mujer decidió pedir ayuda económica a su cuñado, un hombre de 58 años, que le prestó 15.000 euros.
Según la mujer, no estipularon los plazos ni la cantidad de dinero a devolver. Sin embargo, pocos días después, el hombre indicó que a cambio del favor, ella tenía que realizarle dos o tres felaciones por semana. Según mantiene la mujer, en todo momento se sintió amenazada por su excuñado, que aseguraba que podía llegar a ser muy «agresivo».
Finalmente, la víctima decidió contar el que estaba ocurriendo a su familia, y el hombre se enteró. Desde ese momento el acoso hacia la mujer fue continuo, con amenazas e incluso con cartas certificadas vejándola. Además, siempre advertía que iba a denunciarla por no cumplir su trato. Una denuncia que finalmente se llevó a cabo.
Los abogados de la víctima solicitaban la incoación de un delito de abusos sexuales, mientras que la fiscalía pedía coacciones leves. Sin embargo, la Audiencia lo desestimó y ahora lo TSJIB lo ha avalado.


