sábado, 27 julio 2024

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La Gonzalo Anaya lleva al Síndic posibles ‘discriminaciones’ en el punto de los centros en la admisión de alumnos

Haber nacido en la Comunitat, asistir a actividades parroquiales o ser familiares de exalumnos, entre los criterios que denuncian las AMPA

La Confederación de asociaciones de madres y padres de alumnos de la Comunitat Valenciana Gonzalo Anaya ha presentado una queja al Síndic de Greuges en la que apunta “diferentes discriminaciones” que, a su parecer, “permite la Conselleria de Educación con el nuevo decreto y orden de admisión que dota de un punto la circunstancia específica en la baremación de la solicitud de plaza”.

Desde el colectivo de familias explica, en un comunicado, que, aunque “centenares de centros educativos han decidido no dar un punto por circunstancias específicas, otros, tomando como referencia el documento enviado por Conselleria de Educació, han ido más allá y han decidido favorecer situaciones familiares que no respetan el principio de acceso en condiciones de igualdades a las familias participantes en la admisión (artículo 3.1 Principios Generales Decret 48/2024) y que incurren en discriminaciones, incumpliendo el artículo 3.2. que dicta que en ningún caso habrá discriminación de ningún tipo”.

Así, estudiado el listado de las circunstancias específicas centro a centro que se exponen de manera pública en la web de Conselleria de Educación, las AMPA de la Gonzalo Anaya han advertido a la Direcció General de Centros Docentes –“sin obtener respuesta”, lamentan– y al Síndic de Greuges que el punto extra determinado por centros “incurren en discriminaciones por razón de nacimiento, origen, procedencia, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social“.

La organización ha solicitado a la Conselleria que “supervise y rectifique las circunstancias específicas discriminatorias a través de sus mecanismos, tal y cómo regula el artículo 36. 5. Circunstancia específica, que dice que “la administración educativa podrá establecer los procedimientos que se consideren necesarios para la supervisión de este apartado“.

La confederación subraya que “este punto puede suponer tener o no plaza escolar en el colegio o instituto escogido por las familias en un proceso de concurrencia competitiva por puntos baremados como es la admisión”.

Y da algunos ejemplos de circunstancia específica “discriminatoria” dotado de 1 punto, como “ser alumnado participante en alguna actividad parroquial o hijo/a de agente de pastoral en activo de la Parroquia Ntra. Sra. del Socorro o de otras parroquias, acreditado con Certificado del párroco; Progenitores trabajadores de un centro educativo que tenga ideario católico; Hijo/a de antiguo alumno/a de un Colegio cuya titularidad corresponda a la Diócesis o a una Congregación Religiosa”.

Además de cuestiones religiosas, la Gonzalo Anaya avisa de una posible “discriminación por razón de nacimiento”, con criterios como “Condición de antigua alumna o alumno del propio interesado, de alguno de sus padres, madres o tutores legales o alguno de los hermanos o hermanas u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, de la persona solicitante en el centro para el que pide plaza” o “Haber nacido en la Comunidad Valenciana”.

También aprecian “discriminación por condición o circunstancia personal o social” en requisitos como los siguientes: “Tener trabajo ambos progenitores”; “Que los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna participante realicen una actividad laboral o profesional remunerada”; o “Estar matriculado o matriculada en el primer ciclo de la Educación Infantil, habiendo asistido dos cursos escolares, en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas que sea de la misma titularidad o fundación”.

CONSEJOS ESCOLARES “QUE SE HAN REBELADO”

Desde la confederación de AMPA felicitan a “los Consejos Escolares que se han rebelado”. “Hay centenares de centros que no han votado las sugerencias de Conselleria de Educación y han introducido vivir en el entorno del centro educativo con 1 punto”.

“Felicitamos a los consejos escolares por aplicar criterios lógicos y no segregadores cómo 1 punto por proximidad del domicilio al centro o, directamente, ante las múltiples dudas, no escoger ninguna circunstancia específica que pueda ir en contra de los derechos fundamentales recogidos también en la LOMLOE”, ha destacado el presidente de la Gonzalo Anaya, Rubén Pacheco.

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