lunes, 17 junio 2024

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Diez detenidos por la compra de inscripciones fraudulentas en el padrón municipal de La Alcudia

El hijo del propietario de la vivienda falsificó la firma de su padre para realizar los empadronamientos, por los que cobraba entre 150 y 300 euros

Agentes de la Policía Nacional han detenido a diez hombres, de origen español, marroquí y argelino, como presuntos autores de un delito de falsedad documental, en relación con la compra de inscripciones fraudulentas en el padrón municipal de L’Alcudia (Valencia).

La investigación policial, llevada a cabo por la Brigada Local de Extranjería y Fronteras de la Comisaría de Policía Nacional de Alzira-Algemesí se inició tras tener conocimiento de que en una vivienda de la localidad valenciana de La Alcudia figuraba un elevado número de ciudadanos extranjeros empadronados, así como un continuo trámite de altas y bajas en el padrón. Concretamente, en tres años se habían dado de alta 38 personas diferentes y en el momento de llevarse a cabo las pesquisas policiales, 26 estaban inscritas en el citado domicilio, sin realmente residir allí.

Las indagaciones de los agentes han permitido averiguar que el hijo del propietario de la vivienda habría falsificado la firma de su padre, sin tener este conocimiento de ello, para realizar los empadronamientos fraudulentos, por los que cobraba a los interesados entre 150 y 300 euros. Posteriormente, quienes pagaban por ellos, presentaban esa documentación ante diferentes administraciones públicas con el fin de regularizar su situación en España y para obtener la tarjeta sanitaria del servicio valenciano de salud.

Por todo ello, los agentes han detenido a un total de diez personas como presuntas autoras de un delito de falsedad documental. Además, el hijo del detenido ha sido propuesto para una sanción de 100.007 euros, al amparo de la Ley Orgánica 4/2000, que considera una infracción muy grave consentir la inscripción de un extranjero en el Padrón Municipal por parte del titular de una vivienda habilitado para tal fin, cuando dicha vivienda no constituya el domicilio real del extranjero, obteniendo un beneficio económico de ello.

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