La Fiscalía Provincial de Valencia ha solicitado al juzgado de Catarroja que investiga la gestión de la DANA que admita el recurso de apelación presentado por el expresident de la Generalitat Carlos Mazón contra la decisión que le impidió personarse en la causa. Con este informe, el Ministerio Público se alinea con la pretensión de Mazón de acceder al procedimiento y poder intervenir en él más allá de su actual papel.
El respaldo de la Fiscalía supone un giro relevante en la tramitación del caso, ya que cuestiona el criterio inicial de la jueza instructora, que el 31 de marzo rechazó la personación del expresident.
El órgano acusador entiende que el recurso de Mazón debe ser estimado y que, por tanto, el juzgado debería reconsiderar el alcance de su participación en la investigación sobre los posibles homicidios y lesiones imprudentes relacionados con la DANA.
La jueza había rechazado la petición de Mazón en una resolución en la que recalcaba que su posición procesal es la de testigo.
A su juicio, el ordenamiento procesal español no contempla la figura intermedia que el expresident reclama para poder intervenir en la causa, una figura que la instructora asociaba al denominado testigo asistido del derecho francés, donde se reconoce una participación más amplia a quien todavía no ha sido formalmente investigado.
Debate sobre el papel procesal de Mazón
En su resolución, la instructora precisó que la personación de Mazón solo podría apoyarse en dos supuestos. El primero sería la voluntad expresa del propio expresident de admitir una posible participación en los hechos investigados, que se refieren a presuntos homicidios y lesiones imprudentes vinculados a la gestión de la DANA.
El segundo se relaciona con su futura declaración como testigo, aún sin fecha, en la que tiene la obligación legal de decir verdad y podría considerar que ese deber le conduce, de forma inevitable, a asumir responsabilidades penales.
La jueza venía a señalar así que, mientras Mazón mantenga únicamente la condición de testigo y no exprese que desea ser tratado como posible responsable, no resulta procedente otorgarle un papel procesal más amplio. Bajo ese planteamiento, acceder al expediente o intervenir activamente en la causa excedería las facultades propias de un testigo, que se limita a declarar sobre los hechos cuando es llamado por el juzgado.
Desestimación recurso de reposición
En paralelo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha informado de otra decisión relevante para la estrategia procesal del expresident.
El juzgado de Catarroja, a través de la letrada de la Administración de Justicia (LAJ), ha desestimado el recurso de reposición presentado por Mazón contra una diligencia de ordenación dictada el 15 de abril, en la que se rechazaba su petición de designar particulares para la preparación de su recurso de apelación.
En el decreto ahora confirmado, la LAJ argumenta que la designación de particulares implica un conocimiento detallado de las actuaciones y una forma de intervención que no encaja con la posición que Mazón ostenta actualmente en el procedimiento, estrictamente la de testigo. Desde esta perspectiva, permitirle acceder a esa documentación o participar con mayor amplitud supondría reconocerle un rol procesal que la instructora aún no le ha atribuido.
El escenario queda a la espera de que el juzgado de Catarroja se pronuncie de forma definitiva sobre el recurso de apelación de Mazón, ya informado a favor por la Fiscalía. De la decisión que adopte la instructora dependerá si el expresident pasa a tener un papel más activo en la causa, con acceso a las diligencias y capacidad de intervención, o si se mantiene limitado a su condición de testigo en la investigación sobre la gestión de la DANA.


