Un juzgado de Valencia ha acordado seguir por procedimiento abreviado contra Vicent Mascarell, secretario de Organización del PSPV, por un presunto delito de calumnias tras atribuir públicamente al PP un ataque vandálico contra la sede socialista en la capital, un acto cuya autoría ha sido reivindicada después por el grupo Juventud Combativa.
El procedimiento se dirige contra Mascarell en su condición de secretario de organización del PSPV-PSOE. La decisión figura en un auto fechado el 18 de junio, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La causa sigue en fase de instrucción y no existe todavía fecha para un eventual juicio.
Mensajes de Mascarell tras el ataque a la sede del PSPV
El magistrado de la plaza 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia ha considerado, a la vista de las diligencias practicadas, que el dirigente socialista pudo incurrir en un delito contra el honor del Partido Popular.
Según el auto, Mascarell difundió el 6 de julio de 2025 un vídeo grabado frente a la sede del PSPV en Valencia, situada en la calle Hospital. En las imágenes se veía la fachada del edificio pintada de negro tras un acto vandálico registrado de noche.
En ese vídeo, compartido en redes sociales y replicado después por diversos medios de comunicación locales y nacionales, el secretario de Organización del PSPV lanzó acusaciones directas contra el PP. El juez recoge que Mascarell formuló en esa grabación ‘expresiones despectivas al Partido Popular en su conjunto’.
El auto detalla que el dirigente socialista afirmó que el ataque a la sede no era casual. En concreto, Mascarell declaró: ‘Los ataques que hemos sufrido los socialistas valencianos en nuestra sede, vemos que no es fruto de la improvisación, estamos ante un acto pensado con premeditación, alevosía y nocturnidad, que tiene un actor intelectual, el Partido Popular, que tiene un autor con nombres y apellidos, Partido Popular’.
En otro momento del mensaje, añadió: ‘El odio que se ha destilado este fin de semana en el congreso del Partido Popular. La violencia verbal que se ha ejercido contra el presidente del gobierno y contra dirigentes socialistas y el partido socialista desde las tribunas del congreso del Partido Popular, han provocado acciones violentas, como la que hemos padecido en la noche de hoy, es el caldo de cultivo de la violencia que viene ejerciéndose contra las sedes socialistas y contra dirigentes socialistas de una forma premeditada, no fruto de la casualidad’.
Estas manifestaciones se difundieron de forma reiterada en la red social X y en diferentes medios periodísticos, según subraya la resolución judicial. El contenido quedó así accesible a una audiencia amplia, tanto en la Comunitat Valenciana como en el resto de España.
Colisión entre honor y libertad de expresión
El juez indica en su auto que las frases atribuidas a Mascarell y difundidas en X ‘son inexactas, no verdaderas’. Argumenta que, con posterioridad a la publicación del vídeo, Juventud Combativa, grupo comunista vinculado a Frente Obrero, reivindicó públicamente la autoría del ataque contra la fachada de la sede del PSPV-PSOE.
A partir de este dato, el instructor entiende que las imputaciones al Partido Popular podrían vulnerar su derecho al honor. Señala que los hechos investigados pueden ser constitutivos de un delito de calumnias, al atribuir al PP la condición de ‘autor intelectual’ y ‘autor con nombres y apellidos’ de un acto vandálico que otro colectivo ha reclamado como propio.
La resolución añade que será en un futuro juicio oral donde ‘debe ponderarse la colisión entre la libertad de expresión y el dolo calumniandi, criticandi, etc., labor del Juzgado de lo Penal, en su caso’. Es decir, corresponderá al órgano de enjuiciamiento valorar si las palabras del dirigente socialista encajan en el ámbito protegido de la crítica política o si, por el contrario, traspasan ese límite y constituyen calumnias.
El magistrado acuerda transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado. Además, da traslado a las acusaciones personadas para que, en un plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral, pidan el sobreseimiento de la causa o, de forma excepcional, interesen la práctica de diligencias complementarias.
El auto no es firme. La defensa de Mascarell y el resto de partes personadas pueden recurrirlo mediante recurso de reforma ante el mismo juzgado o de apelación ante la Audiencia Provincial, lo que podría retrasar la eventual celebración del juicio oral si se admiten los recursos.



