```
martes, 30 abril 2024

Información y noticias de la provincia de Valencia

Aprobadas las ayudas Emprenem COMERÇ para las pymes comerciales

Ascienden a 156.264 euros y corresponden a la convocatoria anticipada para 2021 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo las ayudas Emprenem COMERÇ a las pymes comerciales para el ejercicio 2021. El total de las ayudas asciende a 156.264,92 euros de ayudas, y beneficiará 55 pymes de emprendedores del pequeño comercio. Se han concedido todas las solicitudes presentadas siempre que reunieran todos los requisitos exigidos.

Se trata del primer paquete de ayudas en el marco de la convocatoria anticipada para el ejercicio 2021 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, destinadas a pymes, entidades intermedias en materia de comercio y artesanía, entidades locales y asociaciones y federaciones de personas consumidoras y usuarias.

El conseller Rafa Climent ha manifestado que “desde el Consell queremos apoyar la creación de empresas de comercio de proximidad porque es un sector estratégico y un motor económico en la Comunitat Valenciana. El pequeño comercio genera actividad y empleo a nivel local, es sinónimo de calidad, de consumo de productos de cercanía y de creación de un tejido comercial que da vida a los pueblos y los barrios, además de garantizar su abastecimiento.

Ayudas a emprendedores del pequeño comercio

En Emprenem COMERÇ se consideran subvencionables los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con un nuevo titular o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica, como:

– Estudios de viabilidad, factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.

– Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y, además, en su caso, online.

– Gastos de alquiler de local devengados desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda. La subvención será de hasta el 50% con el límite de 10.000 €, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 € de subvención.

El listado de establecimientos beneficiarios se puede consultar en el DOGV en este enlace.

Últimas noticias

Contenido relacionado