Confirman 6 años y medio de prisión a una mujer que intentó volar a Bucarest con cocaína y cannabis en su maleta

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El TSJCV ha confirmado 6 años y medio de cárcel y una multa de 100.000 euros para una mujer que intentó volar de Valencia a Bucarest con más de dos kilos de cocaína y casi cinco de cannabis en una maleta facturada.

Una mujer ha sido condenada de forma confirmada a seis años y medio de prisión y a una multa de 100.000 euros por intentar volar desde Valencia a Bucarest, capital de Rumanía, con más de dos kilos de cocaína y casi cinco kilos de cannabis ocultos en una maleta facturada.

Según la resolución, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ratificado íntegramente la pena que ya había impuesto la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, con la agravante de notoria importancia.

Los hechos se remontan al 10 de julio del pasado año, cuando la droga fue intervenida en el aeropuerto. La maleta que la condenada había facturado con destino a Bucarest se quedó atascada en la cinta de equipajes. Esta incidencia motivó que la Guardia Civil revisara el bulto.

Los agentes pasaron la maleta por la máquina de rayos x y, a continuación, la abrieron para inspeccionarla de forma manual. En su interior localizaron varios paquetes que contenían sustancias estupefacientes.

En concreto, la sentencia detalla que se hallaron 2.012 gramos netos de cocaína y 4.992 gramos de cannabis. La cantidad y el tipo de droga han resultado determinantes para apreciar la agravante de notoria importancia, propia de operaciones de tráfico a gran escala y no de consumo personal.

La mujer no fue detenida en ese momento, puesto que no se encontraba ya en la zona de facturación. Ocho días más tarde, el 18 de julio de 2025, regresó a España y reclamó la propiedad de la maleta ante el personal del aeropuerto.

En ese momento fue arrestada, al vincularla la reclamación directa del equipaje con la maleta intervenida y con el alijo de cocaína y cannabis ya incautado. Estos datos constan en la sentencia, que ha hecho pública el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Recurso desestimado por el TSJCV

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia dictó la primera sentencia condenatoria el pasado 18 de febrero. En ella fijó la pena de seis años y medio de prisión y la multa de 100.000 euros, además de las responsabilidades accesorias previstas en la legislación penal para este tipo de delitos.

La defensa de la acusada presentó un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. Sostenía, entre otros motivos, que se había roto la cadena de custodia de la droga aprehendida y que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de su clienta.

Los magistrados del Alto Tribunal valenciano han rechazado ahora estos argumentos en una resolución fechada el 7 de julio. La Sala ha desestimado en su totalidad el recurso de apelación y ha confirmado todos los pronunciamientos de la Audiencia Provincial.

En cuanto a la cadena de custodia, el tribunal considera que no se ha producido ninguna irregularidad relevante. Entiende que la Guardia Civil intervino la maleta, identificó correctamente la sustancia, la pesó y la conservó siguiendo el protocolo habitual hasta su análisis y posterior incorporación a la causa como prueba.

Sobre la presunción de inocencia, la defensa alegaba que la mujer desconocía el contenido de la maleta. Argumentaba que ella misma la había facturado sin ropa ni otros enseres personales, pero que ignoraba que contuviera cocaína y cannabis.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV rechaza esta versión. Destaca que la acusada facturó personalmente el equipaje, que la maleta carecía de efectos personales y que, pese a ello, reclamó su devolución cuando regresó al aeropuerto de Valencia el 18 de julio de 2025.

Para el tribunal, estos elementos constituyen una prueba suficiente para mantener la condena, sin vulnerar el derecho fundamental a la presunción de inocencia. El fallo entiende que la relación de la acusada con la maleta y con la droga queda acreditada de forma directa.

La sentencia de apelación del TSJCV no es firme. Contra esta resolución todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que deberá decidir si revisa o no el caso y, en su caso, si confirma o modifica la condena impuesta.