Tres años y medio de cárcel para el capitán del barco hundido en Indonesia con una familia valenciana

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La corte ha considerado probado que el capitán, de 56 años, incurrió en un delito de negligencia grave en el ejercicio de sus funciones, lo que contribuyó de manera decisiva al siniestro

Un tribunal de Indonesia ha condenado este lunes a tres años y medio de prisión al capitán del barco turístico que se hundió el pasado diciembre en el Parque Nacional de Komodo con una familia valenciana de seis miembros a bordo, de los que solo sobrevivieron una mujer y su hija. La sentencia cierra la primera gran fase judicial de un naufragio que conmocionó tanto a Indonesia como a España, al tratarse de un viaje de ocio que terminó en tragedia.

La corte ha considerado probado que el capitán, de 56 años, incurrió en un delito de negligencia grave en el ejercicio de sus funciones, lo que contribuyó de manera decisiva al siniestro. En la misma resolución, los jueces han declarado culpable también al jefe de la sala de máquinas, de 22 años, a quien han impuesto una pena de dos años y seis meses de cárcel por su implicación directa en la maniobra que precedió al hundimiento.

Responsabilidades por negligencia en la navegacion

Según la investigación policial presentada ante el tribunal, el capitán no controlaba el timón en el momento del accidente. Quien manejaba la nave era el jefe de máquinas, que carecía de la licencia necesaria para gobernar el barco. Esta práctica, que se había repetido en otras ocasiones durante el viaje, fue considerada por los magistrados como una delegación indebida de funciones en una persona sin la titulación exigida.

Durante la lectura de la sentencia, el panel de magistrados ha subrayado que el capitán delegó la autoridad de navegación a otra persona, pero que la responsabilidad última seguía siendo suya. Recordando que un capitán está obligado a prevenir o anticipar cualquier riesgo o peligro, y no solo a reaccionar cuando la situación ya se ha desbordado. Para el tribunal, el hecho de permitir que un tripulante sin licencia tomara el timón incrementó de forma inaceptable el riesgo para todos los pasajeros.

El jefe de máquinas reconoció durante el proceso que tenía conocimientos de navegación basados en las enseñanzas del capitán y que en ocasiones lo sustituía a los mandos del barco pese a no contar con los permisos necesarios. Los jueces destacaron este testimonio como una prueba de que la sustitución al timón no fue un hecho aislado, sino una práctica tolerada a bordo, lo que refuerza la conclusión de que hubo una conducta negligente continuada.

Más allá de la delegación del timón, la corte sostuvo que el capitán también actuó de manera negligente en materia de seguridad. Los jueces señalaron que no informó a los pasajeros sobre los procedimientos básicos, como el uso de chalecos salvavidas o la ubicación de los equipos de emergencia. Esta falta de información redujo las posibilidades de reacción de las personas a bordo cuando el barco comenzó a hundirse y generó una situación de mayor vulnerabilidad para las víctimas.

Los magistrados añadieron que el capitán tampoco prestó el auxilio necesario a los pasajeros cuando la embarcación empezó a irse a pique. Ese comportamiento se consideró especialmente grave, ya que en situaciones de emergencia el responsable de la nave tiene la obligación de coordinar la evacuación, ayudar a quienes se encuentran en peor situación y asegurar que todos conocen las opciones de salvamento disponibles.

La voz de la familia valenciana superviviente

A finales de marzo, Andrea Ortuño, la valenciana que sobrevivió al naufragio junto a su hija, declaró por videoconferencia ante el tribunal. En su testimonio afirmó que los tripulantes nunca socorrieron a sus hijos y a su marido fallecidos y que en ningún momento les explicaron los protocolos de seguridad. Sus palabras reforzaron la tesis de la acusación sobre la ausencia de instrucciones previas y de ayuda efectiva cuando comenzó el hundimiento.

El barco turístico KM Putri Sakinah se hundió en aguas de la isla de Padar, en el Parque Nacional de Komodo, alrededor de las 20:30 hora local del 26 de diciembre, cuando ya había caído la noche. Esa circunstancia dificultó aún más las tareas de rescate, ya que la visibilidad era reducida y los servicios de emergencia tuvieron que organizar un operativo en mar abierto con escasa luz natural. Tras el naufragio se activó un dispositivo de búsqueda de los cuatro españoles que permanecían desaparecidos.

Después de quince días de operativo, los rescatistas lograron recuperar los restos mortales de Fernando Martín, exfutbolista y entrenador del equipo femenino B del Valencia CF, así como los de uno de sus hijos y de una hija de Ortuño. El cuerpo de otro hijo de la superviviente y de una expareja nunca fue localizado, por lo que sus familiares se enfrentan a la dificultad añadida de no poder despedirse ni celebrar un duelo completo.

Además de la madre y la hija valencianas, también sobrevivieron al siniestro cuatro tripulantes y un guía, todos ellos de nacionalidad indonesia. La diferencia entre quienes lograron salvar la vida y quienes la perdieron ha sido uno de los elementos analizados durante el proceso, al evidenciar cómo la falta de información previa y de auxilio durante el naufragio pudo influir en las posibilidades de supervivencia de cada uno de los ocupantes del barco.

Con esta sentencia, la justicia indonesia envía un mensaje sobre la responsabilidad de las tripulaciones en la seguridad de los pasajeros en rutas turísticas como las del Parque Nacional de Komodo, un destino muy visitado. El fallo subraya que el cumplimiento de las normas de navegación y de los protocolos de emergencia es esencial para evitar que un viaje de recreo se convierta en una tragedia similar.