Compromís ha advertido de que la exigencia de al menos diez años de empadronamiento para acceder a ayudas a la vivienda, aplicada por varios gobiernos autonómicos de PP y Vox, vulnera la normativa de la Unión Europea, que limita a cinco años los requisitos de residencia para este tipo de prestaciones.
Según ha explicado la formación, esta política de ‘prioridad nacional’ afecta a criterios de acceso a prestaciones públicas y a vivienda y tiene un impacto directo sobre quienes residen en territorios como la Comunitat Valenciana, donde ya se ha incorporado esta obligación de larga residencia continuada.
El eurodiputado de Compromís, Vicent Marzà, ha señalado que PP y Vox han aprobado en la Comunitat Valenciana una ‘normativa ilegal’ al elevar a diez años el tiempo de empadronamiento exigido para optar a ayudas a la vivienda.
Consulta de Compromís a la Comisión Europea
Marzà se ha dirigido al comisario europeo de Asuntos Internos y Migración, Magnus Brunner, para preguntar si los cambios que están impulsando gobiernos autonómicos liderados por PP y Vox, basados en la llamada ‘prioridad nacional’, respetan la legislación europea en materia de acceso a prestaciones públicas y vivienda.
En su iniciativa, el eurodiputado ha puesto como ejemplo la normativa aprobada en Aragón, que también introduce requisitos de residencia prolongada para la concesión de determinadas ayudas públicas. A partir de ese caso, ha pedido un pronunciamiento general sobre la compatibilidad de estas medidas con el derecho de la UE.
En la respuesta remitida a Compromís, Brunner afirma que los residentes de larga duración de la UE tienen garantizada la igualdad de trato con los nacionales del Estado miembro de acogida. Esa igualdad, ha recordado, alcanza a las prestaciones de la seguridad social, la asistencia social y la protección social, así como a los procedimientos para acceder a la vivienda.
El comisario europeo subraya en este contexto que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado que los Estados miembros ‘no pueden imponer unilateralmente un requisito de residencia más largo que el período de cinco años’. Este límite se aplica cuando se condiciona el acceso a prestaciones y servicios básicos.
Además, Brunner añade que ‘una política que establezca una prioridad nacional para los nacionales de los Estados miembros debe cumplir las normas de la Directiva 2003/109/CE, que establece la igualdad de trato entre los ciudadanos nacionales y los titulares del estatuto de residente de larga duración’. De este modo, recuerda que cualquier discriminación que afecte a estos residentes ha de justificarse y ajustarse estrictamente a la normativa comunitaria.
Marzà ha interpretado que esta respuesta respalda su posición y ha centrado el foco sobre la situación en la Comunitat Valenciana. A su juicio, la obligación de acreditar una década de empadronamiento continuado deja fuera a muchos residentes de larga duración que viven y trabajan en el territorio pero no alcanzan ese plazo.
La ley valenciana y el requisito de diez años
Tras conocer la contestación de Brunner, el eurodiputado ha preguntado al comisario europeo qué piensa hacer respecto a la Ley de medidas fiscales aprobada en las Corts Valencianes el 31 de julio de 2026.
En concreto, Compromís ha señalado el artículo 45 de esta norma autonómica, que establece que, para recibir ayudas a la vivienda, las personas solicitantes deben demostrar al menos diez años de empadronamiento continuado en la Comunitat Valenciana.
Según la formación, este requisito se apoya en el principio de ‘prioridad nacional’ que PP y Vox han defendido en distintos territorios. La consecuencia práctica, apuntan, es que se restringe el acceso a las ayudas a quienes no puedan acreditar tantos años de residencia continuada, incluso si llevan tiempo asentados en la Comunitat.
En este escenario, Compromís ha reclamado a la Comisión Europea que valore si la normativa valenciana y las medidas similares de otras comunidades cumplen efectivamente la Directiva 2003/109/CE y la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE. La formación ha insistido en que Bruselas debe aclarar si corresponde corregir o anular estos requisitos autonómicos cuando superan el límite de cinco años fijado por la justicia europea.

