El Consell ha aprobado un decreto por el que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión directa de ayudas destinadas a personas con discapacidad y entidades del tercer sector que hayan perdido sus vehículos adaptados debido al temporal de viento y lluvias del 29 de octubre de 2024.
El Consell ha decidido habilitar esta línea de ayudas específicas para compensar el coste de las adaptaciones de los nuevos vehículos que han tenido que ser adquiridos por personas y entidades sin ánimo de lucro afectadas por la riada.
La línea cuenta con una dotación económica que asciende a dos millones de euros y va destinada a sufragar el 100 % del coste de la adaptación y eliminación de barreras en vehículos. En concreto, las cuantías podrán ser de hasta 5.000 euros para las ayudas individuales y de hasta 10.000 euros en el caso de las entidades del tercer sector.
Estas nuevas ayudas son compatibles con las del decreto aprobado el pasado 14 de enero por el Consell, que permitió activar una línea por importe de 250 millones de euros para paliar daños en vehículos y que, en concreto, reconocía una ayuda de 2.500 euros por vehículo adaptado. Por tanto, quienes hayan solicitado la ayuda para este tipo de vehículos contemplada en esta primera norma podrá completarla con las cantidades previstas en este segundo decreto.
Dos modalidades
El nuevo decreto recoge una modalidad individual de ayuda para sufragar el coste de la adaptación y eliminación de barreras en vehículos para personas con discapacidad y una modalidad destinada a entidades del tercer sector para sufragar el coste de la adaptación y eliminación de barreras en vehículos de transporte colectivo para personas con discapacidad.
Las ayudas van dirigidas tanto a personas y entidades residentes en los municipios de la zona afectada por la emergencia como a personas o entidades que se han visto afectadas con carácter itinerante o por estacionamiento en alguna localidad afectada.
Así, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que hayan perdido por sinestro total o se hayan visto obligadas a sustituir y reemplazar por siniestro parcial grave un vehículo adaptado para personas con discapacidad a consecuencia de la riada.
Además, también podrán beneficiarse las entidades del tercer sector (asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro) que dispongan de vehículos adaptados que se hayan visto dañados o destruidos por el temporal (siniestro total o parcial grave), siempre que dichos vehículos se destinen al transporte o servicio de personas con discapacidad.
Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud de ayuda deberá presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), preferentemente de manera telemática en la web de la Generalitat, aunque también en las oficinas PROP y en los ayuntamientos de los municipios afectados por las inundaciones.
Será necesario presentar una solicitud cumplimentada y firmada, junto con la documentación requerida, como el contrato de compraventa del vehículo o contrato de señal o de reserva de compra, adquisición por donación o cualquier medio válido de transmisión, presupuesto firmado de las adaptaciones a realizar y, en el caso de las entidades del tercer sector, la acreditación de la inscripción en el registro general de titulares de actividades, de servicios y de centros de servicios sociales.