La Generalitat resuelve las primeras 210 ayudas a familiares de 89 víctimas de la DANA

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Los expedientes pasan a la fase de pago y corresponden a indemnizaciones de 80.000 euros por víctima mortal

La Generalitat ha resuelto de forma definitiva las primeras 210 ayudas dirigidas a familiares de víctimas mortales de la DANA, según el informe del que ha tomado razón el Pleno del Consell sobre el estado del procedimiento de concesión.

Estos expedientes corresponden a solicitudes vinculadas a 89 víctimas mortales, ya que una misma víctima puede contar con varios beneficiarios con derecho a percibir la ayuda. Una vez finalizado el plazo legal para presentar alegaciones, las resoluciones han pasado ya a la fase de gestión económica para proceder al pago.

El Decreto 23/2026, de 20 de febrero, del Consell establece una ayuda de 80.000 euros por víctima, cantidad que se reparte entre las personas beneficiarias que la hayan solicitado y cumplan los requisitos previstos.

Beneficiarios de las ayudas

La norma contempla como beneficiarios al cónyuge no separado legalmente o a la persona que mantuviera una relación análoga de afectividad con la víctima, así como a los hijos de la persona fallecida. También pueden acceder los hijos que no fueran de la víctima, pero sí de su cónyuge o pareja.

En defecto de los anteriores, la ayuda corresponde a los padres. Si tampoco existieran, pueden solicitarla los ascendientes de segundo grado y, en último término, los hermanos.

En los casos de incapacidad absoluta y permanente derivada de la DANA, la persona beneficiaria es directamente quien haya sido declarada en dicha situación.

642 solicitudes registradas

La Generalitat ha recibido un total de 642 solicitudes de ayuda. De ellas, 484 corresponden a familiares de personas fallecidas, mientras que el resto han sido presentadas por personas que alegan una situación de incapacidad permanente absoluta como consecuencia de la DANA.

De las solicitudes relacionadas con víctimas mortales, 210 han sido ya resueltas de forma definitiva, lo que supone cerca de la mitad de estos expedientes apenas un mes después de que finalizara el plazo de presentación, el pasado 25 de mayo.

Desde la Dirección General de Víctimas y Afectados del Comisionado para la Recuperación, departamento responsable de la gestión de estas ayudas, se continúa tramitando el resto de expedientes con el objetivo de resolverlos lo antes posible.

Ayudas compatibles y exentas de IRPF

Estas ayudas directas son compatibles con otras subvenciones e indemnizaciones procedentes de administraciones públicas o entidades privadas, como seguros. Además, no tributan en la declaración de la renta.

El objetivo de la línea es proporcionar apoyo económico a las familias afectadas, contribuir a su estabilidad y facilitar el proceso de recuperación tras las dificultades sobrevenidas por la DANA.