Un juzgado de Alicante ha suspendido hasta el 31 de diciembre de 2030 el desahucio de una mujer y sus tres hijos menores en la capital alicantina, previsto para este jueves 8 de octubre, tras aplicar el nuevo decreto de vivienda del Gobierno que entra en vigor ese mismo día.
La decisión deja sin efecto el lanzamiento señalado para el 8 de octubre en una vivienda de la zona norte de Alicante donde la familia reside desde 2014 con un alquiler social, según ha informado el Sindicat de Vivenda de Carolines.
Motivos de la suspensión
El auto, dictado este miércoles por la plaza número dos de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Alicante, recoge que existe un informe de vulnerabilidad emitido por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alicante.
En ese informe, según detalla la resolución, se declara que la mujer, identificada como ejecutada en el procedimiento, y sus tres hijos se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y sin alternativa habitacional ofrecida por la administración competente.
El juzgado subraya además que la parte ejecutante es una persona jurídica dedicada a la adquisición de inmuebles. Por ello, considera aplicable lo dispuesto en el artículo 2 del nuevo Real Decreto 29/2026, de 6 de octubre, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado.
La resolución indica que, ‘teniendo en cuenta el contenido de este informe social y a la vista de que la parte ejecutante en el presente procedimiento es una persona jurídica dedicada a adquirir inmueble, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto, debiendo suspender el lanzamiento previsto’ para mañana jueves, ‘día en el que entrará en vigor la norma mencionada’.
Sin compensación para la parte demandante
El auto acuerda la suspensión del lanzamiento hasta el 31 de diciembre de 2030. Añade que ‘no existen motivos para fijar una compensación a favor de la persona demandante, al no tratarse de una persona jurídica que se dedique al alquiler habitual asequible o social’.
El juzgado recuerda que el punto 2, en sus párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, del Real Decreto 29/2026 establece que la suspensión deberá revisarse cada doce meses. En esas revisiones, el tribunal comprobará si persisten la situación de vulnerabilidad económica y la falta de alternativa habitacional que han motivado la medida.
Según el Sindicat de Vivenda de Carolines, el piso en el que vive la familia se ha vendido en dos ocasiones durante los últimos años. Primero se transmitió a un fondo de inversión cuando el contrato de arrendamiento seguía en vigor. Ese fondo no renovó el alquiler e inició el procedimiento de desahucio.
Posteriormente, ya con el proceso de lanzamiento abierto, la vivienda fue vendida de nuevo, esta vez a otra empresa inmobiliaria, de acuerdo con el relato de este colectivo.
El Sindicat de Vivenda de Carolines ha señalado también que la familia espera la resolución de una ayuda social de emergencia solicitada al Ayuntamiento de Alicante, que consideran clave para poder mantener la estabilidad residencial mientras dure la suspensión del desahucio.




