Tras la avería de este miércoles que ha dejado sin luz a parte de Campanar así como a los barrios de Tendetes, Marxalenes y que afectó a 4.500 abonados, FACUA Comunidad Valenciana ha informado que todos ellos «tendrán derecho a reclamar indemnizaciones».
Concretamente, tal y como ha detallado la entidad a través de un comunicado, a causa de los «daños y perjuicios», pueden reclamar cuestiones como «la comida que haya que tirar por haberse roto la cadena de frío, los electrodomésticos averiados, las noches de hotel que tengan que contratar para no dormir sin aire acondicionado, y demás situaciones excepcionales», como en casos de enfermos crónicos o personas con necesidades especiales. Cabe exigir, también, «descuentos en la factura por la pérdida de calidad del servicio contratado».
La incidencia han afectado, además de a los clientes, al centro comercial de Nuevo Centro y a varios semáforos de la zona que dejaron de funcionar. Aunque la mayoría de los afectados fueron recuperando el suministro, a última hora de la tarde todavía había unos 70 personas sin luz.
La eléctrica ‘no puede eludir su responsabilidad’
Asimismo, desde FACUA piden que la eléctrica «no debe eludir su responsabilidad» ya que estos cortes «pueden originar un incumplimiento de contrato por parte de la eléctrica».
La asociación recuerda que el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que «todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado en los términos establecidos en este Libro por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios».
De igual forma, el artículo 1.101 del Código Civil recoge que «quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad», mientras que el 1.104 señala que «la culpa o negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar».



