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martes, marzo 3, 2026

28 años de prisión para el hombre acusado de matar al canónigo de la catedral de València

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La Audiencia le impone 20 años por asesinato, cinco por robo con violencia y tres por estafa tras el veredicto de un jurado popular

El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de València ha condenado a 28 años de prisión al hombre acusado de matar al canónigo de la catedral de València de 79 años en el domicilio de la víctima y robarle el teléfono y sus tarjetas bancarias.

La sentencia le considera autor de asesinatorobo con violencia y un delito continuado de estafa, por hechos ocurridos el 21 de enero de 2024 en València.

El magistrado que presidió el juicio le impone 20 años de cárcel por asesinatocinco años por robo con violencia y tres años por estafa. La resolución se dicta después de que un jurado popular emitiera un veredicto de culpabilidad el 3 de febrero.

Un plan previo y una asfixia en la cama

Según el relato de hechos probados, el procesado acudió al domicilio de la víctima sobre las once de la noche acompañado de otra persona no identificada, con la que habría ideado un plan previo. El jurado consideró probado que aprovecharon que el hombre estaba solo y que el acompañante lo tiró en la cama, le tapó la boca y lo asfixió mientras le apretaba el cuello, una maniobra que acabó con su vida y le impidió defenderse.

Tras el ataque, los agresores se apoderaron del teléfono del anciano y de dos tarjetas de crédito, que se quedó el condenado.

Compras y reintegros por más de 2.600 euros

Con una de las tarjetas, el condenado retiró dinero en efectivo y realizó compras por un valor superior a 2.300 euros, según se declara probado. Además, con la otra tarjeta efectuó compras por 375 euros. El jurado también consideró acreditado que el condenado entregó parte del dinero en efectivo al autor material del asesinato.

La sentencia rechaza su versión y no fija indemnización

Durante el juicio, el condenado sostuvo que no participó en el asesinato ni en el robo, que no estuvo en la vivienda y que fue un hombre llamado “Manuel” quien le entregó el móvil y las tarjetas en la calle.

Sin embargo, el tribunal rechaza esa tesis apoyándose, entre otros elementos, en datos de posicionamiento que sitúan en el mismo lugar los teléfonos de la víctima y del acusado en el periodo relevante, así como en la declaración espontánea del condenado tras su detención, en la que describió el estado en el que se encontró el cadáver, en términos que concuerdan con la escena.

La sentencia no contempla indemnización por responsabilidad civil al no considerar probada la existencia de familiares directos que pudieran reclamar por el fallecimiento. La resolución no es firme y puede recurrirse ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.


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