Un bombero de la Unidad de Xàtiva, que ejercía como delegado de personal el día de la DANA, ha declarado como testigo ante el juzgado de Catarroja que la dirección del operativo debió ordenar trabajar a toda la plantilla de bomberos en lugar de recurrir únicamente a personal voluntario.
Según su testimonio, la jueza investiga en esta causa penal la gestión de la DANA en la que fallecieron 230 personas. En ese contexto, el bombero ha sostenido que las autoridades reunidas en el Cecopi, el centro de coordinación operativa, tendrían que haber activado el artículo 34.2 de la ley 7/2011 de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS), en vez de limitarse a pedir refuerzos voluntarios.
Gestión de la DANA y critica a la activación de efectivos
El testigo ha explicado que este precepto legal obliga a movilizar a todos los efectivos disponibles cuando se declara una situación de emergencia o de carácter excepcional. Ha precisado que el artículo 34.2 establece que, en casos de emergencia y en situaciones excepcionales, todo el personal está obligado a la prestación de un servicio permanente hasta que cesen los motivos de emergencia o necesidad, siguiendo las instrucciones de la persona que ostente el mando del operativo.
A partir de esa norma, el bombero ha defendido que la dirección del dispositivo debía haber ordenado la incorporación de toda la plantilla, al tratarse de un servicio esencial, y no basarse en la disponibilidad voluntaria. Ha presentado esta interpretación como una obligación legal en un contexto de riesgo extremo, en el que se estaban registrando daños graves y una elevada peligrosidad para la población.
En su declaración ha detallado que el día 28 había activada una alerta naranja y que, pese a esa situación de riesgo, se limitó a solicitar si algún bombero podía reforzar el servicio de forma voluntaria. Al día siguiente, el día 29, con una alerta ya en nivel rojo, la misma dinámica se repitió: se volvió a pedir personal voluntario para poder llenar los vehículos y reforzar los equipos, sin activar la obligación general prevista en la ley.
El bombero ha calificado esta decisión como contradictoria y precaria, al considerar que en un servicio esencial como el de prevención y extinción de incendios se debía haber dado por hecho que todos los efectivos disponibles debían estar de servicio ante una emergencia de tal magnitud. En su versión, la solicitud de refuerzos solo por vía voluntaria no se correspondía con la gravedad del temporal ni con la situación de emergencia legalmente reconocible.
El testigo ha añadido que él mismo se encontraba en su casa y que, a mediodía, vio en la televisión la magnitud de lo que estaba sucediendo. Esa percepción de la gravedad de la DANA reforzó su idea de que los responsables deberían haber optado por activar a toda la plantilla en régimen de servicio permanente, en lugar de limitar la respuesta a quienes se ofrecieran voluntariamente, algo que ahora ha puesto de manifiesto ante la jueza como una de las claves de la investigación sobre la gestión del episodio de lluvias extremas.


