La Generalitat podrá incrementar su deuda en hasta 1.859.744.240 euros durante 2026, después de que el Consell haya autorizado a la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública a emitir o contratar deuda pública dentro de los límites previstos en los Presupuestos autonómicos.
La medida establece que el saldo de la deuda de la Generalitat a 31 de diciembre de este año no podrá superar al existente el 1 de enero de 2026 en más de esos 1.859,7 millones de euros. La cifra coincide con el límite recogido en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2026.
El límite se comprobará al cierre del ejercicio, aunque la propia normativa permite que pueda superarse temporalmente durante el año. Además, podrá modificarse de forma automática en función de factores como las variaciones presupuestarias, los activos financieros o las diferencias entre los ingresos previstos y los finalmente recaudados.
La autorización aprobada por el Consell desarrolla así la capacidad de endeudamiento ya contemplada en las cuentas autonómicas de 2026 y permitirá a la Generalitat acudir a nuevas emisiones o contratar operaciones financieras dentro del margen establecido legalmente.
Además, el acuerdo abre la posibilidad de disponer de nueva deuda durante enero de 2027. En ese mes, el Consell podrá autorizar operaciones por una cuantía que no incremente en más de un 15 % el límite correspondiente a 2026.
Ese importe adicional computará posteriormente dentro del límite de endeudamiento que se establezca para el conjunto de 2027, por lo que no supondrá un margen independiente respecto a las autorizaciones del próximo ejercicio.
El Consell vincula esta capacidad financiera a la necesidad de mantener durante los próximos ejercicios las actuaciones de recuperación y reconstrucción tras la DANA de octubre de 2024, además de garantizar la financiación de los servicios públicos fundamentales.
El Ejecutivo autonómico sitúa también la decisión en un escenario condicionado por la situación internacional, la inflación, los tipos de interés, la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado y la ausencia de unos objetivos fiscales aprobados.
Las operaciones que finalmente se formalicen deberán ajustarse a la Ley 1/2015 de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y a los límites fijados en los Presupuestos de la Generalitat para este ejercicio.




